Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Valparaíso

KOSCINA/VALDERRAMA

Rol

J-141-2024

Fecha

28 de marzo de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: -Comparece Mariuzka Marcela Koscina Saleme, trabajadora, domiciliada en Laguna de la Luz 40, casa 2, Jardines del Lago, Curauma, Valparaíso Jackson 867, departamento 94, Chorrillos, Viña del Mar, representada por el abogado Sergio Reyes Cajas, domiciliado en Álvarez 646, oficina 707, Viña del Mar, deduciendo demanda en juicio ejecutivo en contra de su ex empleador Ricardo Valderrama Lathrop, abogado, domiciliado en Prat N° 804, Valparaíso. Señala que el 20 de noviembre de 2009, ingresó a prestar servicios laborales para el demandado, en funciones de inscripciones de propiedad, hipotecas, prohibiciones y notas marginales en los distintos registro conservatorios, como también notas de agregación de documentos, alzamientos de hipotecas y prohibiciones y otras laborales afines, encomendadas por el empleador, las que se realizaban en el oficio del ejecutado en su calidad de Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, ubicado en Prat 804, Valparaíso. Refiere que el 04 de noviembre de 2024 fue despedida por el demandado quien invocó la causal del artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo. Funda la demanda en la carta aviso de despido emitida por la ejecutada con fecha 04 de noviembre de 2024, invocando la causal contenida en el inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo, en lo pertinente se ofrece pagar las siguientes sumas, previo descuentos legales y voluntarios que correspondan: - Indemnización sustitutiva del aviso previo: $ 1.280.935.- - Indemnización por años de servicios: $ 14 .090.285.- En consecuencia, la oferta formulada por la ejecutada por término de contrato, ofrecidas pagar en la carta de despido asciende a la suma de $15.371.220.. Agrega que han transcurrido 25 días desde que se puso término a la relación laboral, y las indemnizaciones no han sido pagadas. Código: PDEFXTEZMKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 118 Solicita se tenga por deducida demanda ejecutiva en cont

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.-En Cuanto a la Tacha: PRIMERO: Compareció con fecha 03 de marzo de 2025, Luis Alejandro Arias Berrios, debidamente individualizado y juramentado, quien respondiendo preguntas para tacha señala que es contador y el vínculo que lo relacionaba con Ricardo Valderrama Lathrop, ejecutado de autos, es la prestación de servicios como consultor tributario y contable. Código: PDEFXTEZMKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 121 La ejecutante tachó al testigo por la causal del artículo 358 N°4, del Código de Procedimiento Civil, por estimar que el testigo tiene la calidad de dependiente del ejecutado, y prestar habitualmente servicios retribuidos. Se rechaza la tacha formulada por no encontrarse establecido que el testigo tenga un vínculo de subordinación o dependencia, el profesional que presta servicios no cumple con la exigencia establecida en la ley. II.-En cuanto al Fondo: SEGUNDO: Comparece Mariuzka Marcela Koscina Saleme, antes individualizada, quien deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de su ex empleador Ricardo Valderrama Lathrop, abogado, domiciliado en Prat N° 804, Valparaíso, cuyo título ejecutivo corresponde a la carta aviso de despido emitida por la ejecutada con fecha 04 de noviembre de 2024, invocando la causal contenida en el inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo, en lo pertinente se ofrece pagar las siguientes sumas, previo descuentos legales y voluntarios que correspondan: - Indemnización sustitutiva del aviso previo: $ 1.280.935.- - Indemnización por años de servicios: $ 14 .090.285.- Solicitando se acoja la demanda, despachando mandamiento de ejecución y embargo, por las sumas adeudadas, ordenando se siga adelante con esta ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. TERCERO: La ejecutada, opuso la excepción de pago de la deuda, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 470 del Código del trabajo. Señala que su representada puso a disposición de la ejecutante la carta aviso de despido y luego el correspondiente finiquito los que dejó en custodia de la notaría de Paola Stack, indicando que nunca condicionó la suscripción de dicho documento. La extrabajadora se negó suscribir el finiquito, señala que “La Sra. Koscina no percibió en su oportunidad la suma correspondiente en su finiquito, de trabajo porque se negó a suscribir el mismo, no siendo dicha actitud imputable a esta parte”. CUARTO: Es obligación de la ejecutada poner a disposición de la ejecutante –conforme al mecanismo utilizado habitualmente para el pago de remuneraciones- el pago de indemnizaciones señaladas en la carta aviso de despido, dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del Código: PDEFXTEZMKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 122 trabajador, conforme a lo dispuesto en el artículo 177 del Código del Trabajo. Careciendo de toda relevancia las alegacion

Fallo

Se declara admisible la excepción opuesta y se recibe la causa a prueba, fijándose como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos que han de probarse, el siguiente: 1.- Efectividad de encontrarse enteradas total o parcialmente las prestaciones contenidas en el título ejecutivo cuyo pago se persigue por la presente causa. Pormenores y circunstancias. Para los efectos de la prueba testimonial que deseen rendir las partes, se fijan las audiencias de los dos últimos días del probatorio a las 10:00 horas, y si el último recayere en sábado, al día hábil siguiente a la misma hora. La ejecutada acompaña lista de testigos, individualizando a quienes prestarán declaración: 1. Javiera Francisca Valderrama Veloso, cédula de identidad número 10.180.269-8, ingeniero comercial, domiciliada en Calle Prat N° 804, Valparaíso. 2. Teresa Errázuriz Cortés, cédula de identidad número 12.854.328-7, abogada, domiciliada en Calle Prat N° 804, Valparaíso. 3. Luis Arias Berríos, cédula de identidad número 12.223.186-0, contador, domiciliado en Calle Prat N° 804, Valparaíso. Todos notificados con fecha 30 de enero de 2025. Con fecha 31 de enero de 2025, acompaña el siguiente documental: Código: PDEFXTEZMKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 120 1. Copia de comprobante de depósito por la suma de $12.123.011.- en la cuenta corriente de este Tribunal. 2. Copia de certificado de transferencia electrónica de fondos efectuada

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117 KOSCINA/VALDERRAMA MATERIA: OTROS TITULOS EJECUTIVOS RIT J-141-2024 REGISTRO N° 17 Valparaíso, veintiocho de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: -Comparece Mariuzka Marcela Koscina Saleme, trabajadora, domiciliada en Laguna de la Luz 40, casa 2, Jardines del Lago, Curauma, Valparaíso Jackson 867, departamento 94, Chorrillos, Viña del Mar, representada por el abogado Sergio Reyes Cajas, domi

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