C.A. de Valparaíso

DE LEÓN MARRERO NELLY CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIIGRACIONES

Rol

217993-2023

Fecha

25 de septiembre de 2023

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, contenida en la Resolución Exenta N° 83.326 de 7 de marzo de 2018, que dispone la prohibición de ingreso al territorio nacional, por haber sido denunciado el ingreso clandestino al país. Segundo: Que, resulta un hecho inconcuso entre las partes, que la amparada es una ciudadana de nacionalidad dominicana, sin antecedentes penales, con arraigo familiar en el país y que el 11 de octubre de 2018 contrajo matrimonio con un ciudadano chileno, y que tras salir del territorio nacional, no ha podido volver a ingresar al país, con ocasión de la prohibición de ingreso que le afecta como consecuencia de la infracción sancionada en su contra. Tercero: Que la prohibición de ingreso dispuesta en contra de la amparada, prevista en el artículo 32 N°3 de la Ley 21.325, se mantiene plenamente vigente, no obstante haberle sido otorgada la residencia transitoria por reunificación familiar, la que a la luz de los antecedentes reseñados en el recurso, particularmente que contrajo matrimonio en nuestro país con un nacional, lo que deja de manifiesto que la aludida prohibición resulta en desproporcionada. En efecto, la prohibición de ingreso se funda en un examen meramente formal de los antecedentes, sin que para su actual ejecución se haya ponderado las circunstancias familiares de la recurrente, que permitieran examinar adecuadamente la situación y fundamentar la vigencia de la misma, por lo que la adolece de la debida justificación, a la luz de la legislación actualmente vigente. Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de ocho de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1592-2023, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Nelly Ester León Marrero, de nacionalidad dominicana y en su lugar se declara que éste queda acogido, dejándose sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional que le afecta. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 217.993-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de ocho de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1592-2023, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Nelly Ester León Marrero, de nacionalidad dominicana y en su lugar se declara que éste queda acogido, dejándose sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional que le afecta. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 217.993-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, contenida en la Resolución Exenta N° 83.326 de 7 de marzo de 2018, que dispone la prohibición de ingreso al territorio nacional, por haber sido denunciado el ingreso clandestino al país. Segundo: Que, resulta un hecho inconcuso entre las partes, que la amparada es una ciudadana

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