C.A. de Temuco

FUENTES/C.C.A.F LOS HEROES

Rol

103086-2023

Fecha

22 de septiembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene además presente: Primero: Que comparece don Alexi Patricio Fuentes Mardones, quien ha deducido recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haberse efectuado en la liquidación de remuneraciones correspondiente al mes de noviembre de 2022, el descuento por la suma de $185.239. Sostiene que, con fecha 27 de agosto de 2013, suscribió en favor de la recurrida el pagaré Nº 101326529, por la suma de $6.191.814.-; que sería pagado en 49 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $185.239.- cada una, salvo la última cuota que sería de $185.256, todas con vencimiento el último día hábil de cada mes, a contar de septiembre del año 2013, incurriendo en mora desde la cuota N° 22, con vencimiento al 30 de junio de 2015. Añade que, con fecha 19 de abril de 2016, fue demandado ejecutivamente por la recurrida, en causa Rol C-9.799-2016, tramitada ante el 20º Juzgado Civil de Santiago, en que se acogió la excepción de prescripción, encontrándose la sentencia dictada en estos autos firme y ejecutoriada. Segundo: Que informó la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Héroes, que solicita el rechazo del recurso y afirma que, el recurrente solicitó el crédito social N° 101326529 por un monto de $6.191.814.-, pagaderos en 49 cuotas de $185.239.- cada una, salvo la última que asciende a $185.256. De dicha operación, sólo pagó las primeras 22 cuotas y las demás se encuentran morosas. Agrega que las Cajas de Compensación de Asignación Familiar disponen de dos acciones, distintas e independientes, y de un mecanismo extrajudicial dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 18.833 para cobrar lo adeudado por un crédito social. Arguye que no comete un acto ilegal o arbitrario ni antojadizo al proceder con el descuento por planilla de la deuda vigente que mantiene el recurrente, toda vez que, está actuando dentro de los márgenes legales, esto de conformidad a lo dispuesto en la Ley

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma con declaración la sentencia apelada de diez de mayo del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, en cuanto se ordena a la Caja de Compensación Los Héroes devolver el monto indebidamente descontado en el mes de noviembre de 2022. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo de la Ministra Sra. Adelita Ravanales Arriagada. Rol N° 103.086-2023. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sra. Adelita Ravanales A. y por los Abogados Integrantes Sra. María Angélica Benavides C. y Sr. Pedro Águila Y. No firman, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, los Abogados Integrantes Sra. Benavides y Sr. Águila por no encontrarse disponible sus dispositivos electrónicos de firma.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene además presente: Primero: Que comparece don Alexi Patricio Fuentes Mardones, quien ha deducido recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haberse efectuado en la liquidación de remuneraciones correspondiente al mes de noviembre de 2

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