Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

A.F.P. MODELO S.A. CON INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

Rol

P-50997-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que comparece don ANTONIO RICARDO ALAMOS AVENDANO, abogado, mandatario judicial de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S.A, ambos con domicilio Alameda 949 Oficina 901 B Santiago, quien interpone demanda ejecutiva previsional en contra del INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, representado por SANTIAGO ROJAS ALESSANDRI, ambos con domicilio en Agustinas 1465, Santiago. Funda su demanda en las circunstancias consistentes en que la demandada adeuda a su representada la suma de $11.875.681, por concepto de cotizaciones previsionales del trabajador don Víctor Eliecer Garcés Valdebenito, por los periodos febrero de 2014 a abril de 2024, individualizado en la resolución N° 751815, de fecha 12 de noviembre de 2024, que acompaña. Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la empleadora antes individualizada, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cifra ya referida, más reajustes, intereses, recargos y costas. Por resolución de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y se despachó mandamiento de ejecución y embargo. Por resolución de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se tuvo por ampliada la demanda ejecutiva, resolución administrativa N° 754686 de fecha 21 de noviembre de 2024, en los periodos abril a septiembre de 2024 por el trabajador Víctor Eliecer Garcés Valdebenito. Que con fecha DAVID TAPIA QUEAFENA, abogado, en representación convencional del INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, comparece oponiendo la excepción contemplada en el numeral 2 del artículo 5 de la ley N°17.322 por existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones previsionales adeudadas, en síntesis, expone que la deuda respecto de la cual se ha iniciado su cobro mediante este procedimiento surge de sentencia firme y ejecutoriada del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Sant

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte ejecutante solicita el pago de cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada a su mandante, fundada en la Resolución N° 751815, de fecha 12 de noviembre de 2024 y ampliada a la resolución administrativa N° 754686 de fecha 21 de noviembre de 2024, en relación con el trabajador y por períodos que se detallan, deuda que asciende a la suma de $12.756.874, más los reajustes, intereses, recargos, costas, por los fundamentos expresados en lo dispositivo del fallo. SEGUNDO: Que a lo principal de su escrito con fecha dieciocho de diciembre de septiembre de dos mil veinticuatro, la parte ejecutada opuso a la ejecución la excepción contemplada en el numeral 2 del artículo 5 de la ley N°17.322 por existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones previsionales adeudadas. TERCERO: Que, habiéndose tenido por evacuado el traslado conferido de la excepción opuesta en rebeldía de la parte demandante, se procedió a declarar admisible la excepción y se recibió la causa a prueba por el término legal, fijándose como hecho sustancial, pertinente y controvertido, el siguiente: “Existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas; hechos y circunstancias que configuran el error de hecho que se alega”. CUARTO: Que, para probar sus alegaciones, la parte ejecutada rindió la siguiente prueba documental, que consta acompañada legalmente al proceso, e inobjetada de contrario: 1. Copia de sentencia definitiva en la causa RIT O-41-2019 dictada por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de fecha doce de noviembre de dos mil veintiuno. 2. Cúmplase de la sentencia definitiva en la causa RIT O-41-2019, dictada por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de fecha dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. 3. Copia de la sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N°34.818-2023. de la Excma. Corte Suprema. 4. Copia de la sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N°17.684-2023 de la Excma. Corte Suprema. Código: XJBEXTSPRXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5. Copia de la sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N° 80.201-2023, de la Excma. Corte Suprema. 6. Copia de sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N°51.706-2023. de la Excma. Corte Suprema. 7. Copia de sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N°62.153-2023 de la Excma. Corte Suprema. 8. Copia de sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N° 62.224-2023, de la Excma. Corte Suprema. 9. Copia de sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N° 64.667-2023, de la Excma. Corte Suprema. 10. Copia de sentencia de Unificación de Jurisprudencia Laboral Rol N° 147.102-2023, de la Excma. Corte Suprema. QUINTO: Que la sentencia que sirve de base a la resolución administrativa que funda la presente ejecución, dictada en la causa RIT O-41-2019 por el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santia

Fallo

Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la empleadora antes individualizada, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cifra ya referida, más reajustes, intereses, recargos y costas. Por resolución de fecha catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y se despachó mandamiento de ejecución y embargo. Por resolución de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se tuvo por ampliada la demanda ejecutiva, resolución administrativa N° 754686 de fecha 21 de noviembre de 2024, en los periodos abril a septiembre de 2024 por el trabajador Víctor Eliecer Garcés Valdebenito. Que con fecha DAVID TAPIA QUEAFENA, abogado, en representación convencional del INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, comparece oponiendo la excepción contemplada en el numeral 2 del artículo 5 de la ley N°17.322 por existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones previsionales adeudadas, en síntesis, expone que la deuda respecto de la cual se ha iniciado su cobro mediante este procedimiento surge de sentencia firme y ejecutoriada del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos Rit O-41-2019, caratulados “Toledo Con Instituto De Desarrollo Agropecuario”, que condenó al Instituto de Desarrollo Agropecuario al pago Código: XJBEXTSPRXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pj

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que comparece don ANTONIO RICARDO ALAMOS AVENDANO, abogado, mandatario judicial de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S.A, ambos con domicilio Alameda 949 Oficina 901 B Santiago, quien interpone demanda ejecutiva previsional en contra del INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, representado por SANTIAGO R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica