COMPLEJO ASISTENCIAL DR.SOTERO DEL RÍO/SOTOMAYOR
Rol
217301-2023
Fecha
21 de septiembre de 2023
Materia
Cobranza Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes, esto es, la que rechazó un recurso de reposición deducido en contra de aquella que declaró inadmisible un recurso de apelación interpuesto contra aquella que rechazó un incidente de nulidad procesal, no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Por estas consideraciones y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha ocho de septiembre último. Al primer, segundo, quinto y sexto otrosíes: estese a lo resuelto. Al tercer otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 217.301-2023.-
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha ocho de septiembre último. Al primer, segundo, quinto y sexto otrosíes: estese a lo resuelto. Al tercer otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 217.301-2023.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 265.215-2023: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean suscep
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