Jdo. de Letras del Trabajo de Antofagasta

A.F.P. PROVIDA S.A. CON HUGIO LEON MONTECINOS

Rol

P-5341-2020

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Teniendo presente lo resuelto con fecha 23 de enero del actual, a folio N°9 y, posterior presentación de la abogada doña Marisol Fernández, relativa al incidente de nulidad procesal, argumentando que, se aclare la razón social del demandado, en el sentido que ésta coincida con el RUT invocado en la misma; y con ello se subsane el vicio incidentado, con expresa condena en costas del incidente a la parte demandante, en caso de oposición. Considerando, además, que consta en el cuaderno de apremio, con fecha 15 de febrero del actual, objeción de liquidación por la ejecutada, de lo que se sigue, que teniendo conocimiento del vicio que alega, efectúa una presentación que supone estar al tanto del estado procesal del juicio. Desde ahí, estimando el tribunal que hay actuaciones previas al incidente, que suponen conocimiento de la demanda, sin alegaciones de nulidad oportunas y, visto lo dispuesto en los artículos 429 y 432 del Código del Trabajo en relación con los artículos 83 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículo 5 de la ley 17.322, se rechaza, sin costas, el incidente de nulidad promovido por la parte demandante. Notifíquese por el estado diario y correo electrónico. RIT: P-5341-2020 RUC: 20-3-0249712-6 En Antofagasta, a siete de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario y correo electrónico la resolución precedente. /rvv Código: LLGFXTVQVGD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-07T09:42:10-0300

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, siete de marzo de dos mil veinticinco. A lo Principal: Téngase por evacuado el traslado conferido a la ejecutante con fecha 20 de febrero de 2025. Al Otrosí: No ha lugar a lo solicitado. Vistos: Teniendo presente lo resuelto con fecha 23 de enero del actual, a folio N°9 y, posterior presentación de la abogada doña Marisol Fernández, relativa al incidente de nulidad procesal, argume

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