C.A. de Santiago

DERICE LUCSON CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

206843-2023

Fecha

5 de septiembre de 2023

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos cuarto a sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, a través de la Resolución Exenta N° 26.097, de 5 de junio de 2023, que deniega la solicitud de visa temporaria presentada por la persona amparada y dispone que ésta debe hacer abandono del país, en atención a que no habría consignado el total de la multa derivada de su permanencia irregular en el país luego del vencimiento del permiso de residencia anterior. 2°) Que de la revisión de los antecedentes aparece de manifiesto que la autoridad administrativa no otorgó a la parte recurrente, la posibilidad real de subsanar la situación denunciada, proporcionando nuevos antecedentes que expliquen su actuar y que justifiquen su petición –conforme lo dispone el artículo 31 de la Ley 19.880-, por lo que resulta desproporcionada la decisión adoptada respecto al rechazo de la solicitud. 3°) Que, así las cosas, la actuación impugnada por la presente acción constituye una afectación al derecho constitucional invocado por la parte recurrente, toda vez que al mantenerla ilegal y arbitrariamente en situación de irregularidad de su situación migratoria, la expone a ser expulsada, debiendo en consecuencia acogerse el arbitrio de autos.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintidós de agosto de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1891-2023, y en su lugar se resuelve que se acoge la acción constitucional intentada en estos autos, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 26.097, de 5 de junio de 2023, y otorgando a la recurrente un plazo de sesenta días para acompañar el comprobante de pago de la multa por residencia irregular, señalándole cual es el monto exacto que debe solucionar. Se previene que el Ministro Sr. Llanos, además, comparte íntegramente lo expuesto en la disidencia contenida en el fallo en alzada. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N° 206.843-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 256132-2023: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. A los escritos folios 256134-2023 y 265152-2023: téngase presente. Al escrito folio 256173-2023: a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto a sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lu

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