POHL/MOREIRA
Rol
160852-2022
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintidós de noviembre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Matus quien estuvo por revocar la sentencia en alzada y, en definitiva, rechazar la acción de protección de autos, sobre la base de las siguientes consideraciones: 1° Que, se interpuso acción constitucional de protección por doña Jaqueline Inés Pohl Weisser, en calidad de propietaria de un inmueble denominado “Lote B” de Línea Pantanosa, comuna de Frutillar, en contra de la Delegada Presidencial Regional de Los Lagos, denunciando como ilegal y arbitrario el actuar de la recurrida consistente en sostener reuniones con líderes de una comunidad indígena llamada Weichan Mapu, comunidad a cuyos participantes atribuye una serie de delitos vinculados con una supuesta “recuperación de terrenos ancestrales” pretendida por aquella. 2° Que, sin perjuicio del tenor literal de los actos ilegales y arbitrarios que son imputados a la recurrida, solicita en el petitorio de su recurso: “1.- Que Carabineros de Chile dispongan vigilancia diaria y permanente del predio de la recurrida. 2.- Que se informe a S.S. Ilustrísima, acerca de la existencia de la ocupación del inmueble singularizado y de quienes las realizan fin de que mi parte pueda adoptar las restantes medidas jurisdiccionales que le asistan para obtener el restablecimiento de sus derechos. 3.- Que la recurrida se abstenga de realizar gestiones, reuniones y/o acuerdos en que se ofrezca o disponga de bienes de mi representada como parte de esos factores de negociación, en especial cuando mi representada ni siquiera está presente en dichas reuniones”. 3° Que la Delegación Presidencial Regional de Los Lagos al evacuar su informe, junto con negar la conducta denunciada, acompaña un informe policial confeccionado por Carabineros de Chile en el que constan cinco denuncias por los delitos de usurpación violenta, violación de morada, daños s
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PAGE 1 Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintidós de noviembre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Matus quien estuvo por revocar la sentencia en alzada y, en definitiva, rechazar la acción de protección de autos, sobre la base de las siguientes co
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