CEBALLOS/FABRICAS Y MAESTRANZAS DEL EJERCITO
Rol
C-16-2024
Fecha
27 de febrero de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que, con fecha 10 de diciembre de 2024 (folio 61), comparece don José Francisco Acevedo Alliende, Rut 15.095.3200, por la ejecutada de autos, quien viene en solicitar que se tenga presente el pago por concepto de las cotizaciones de AFC del demandante, por todo el periodo trabajado para su representada, según dan cuenta las planillas de pago de las cotizaciones previsionales que se acompañan en la presentación. Asimismo, solicita que de acuerdo con el mérito del pago que da cuenta en la presentación, de los antecedentes acompañados y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo; se tenga por convalidado el despido objeto del procedimiento de marras, a partir de la resolución que dé cuenta del pago de las cotizaciones previsionales adeudadas. 2.- Que, con fecha 26 de diciembre de 2024 (Folio 62), se confiere traslado a la ejecutante, quien lo evacúa por presentación de fecha 30 de diciembre de 2024 (Folio 66), solicitando el rechazo de la solicitud de convalidación del despido. Funda dicho rechazo en que, de acuerdo a las planillas de pago acompañadas en la presentación de folio 61, la ejecutada no ha realizado el pago íntegro de dichas cotizaciones, atendido el hecho de que tanto el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo como el punto II, letra c) de la sentencia definitiva que dio origen a este procedimiento, disponen que la demandada debe pagar “ remuneraciones, cotizaciones y demás prestaciones devengadas entre la fecha de separación del demandante y aquella en que su ex empleadora convalide su despido conforme a la Ley.” Indica que, constando en los antecedentes que acompañan a la presentación de folio 61, que el pago se realizó en noviembre 2024, y que comprendió únicamente el periodo comprendido hasta el mes de diciembre de 2021, Código: HRDFXSUYXWZ Este docume
Fundamentos
considerandos anteriores, resulta evidente que no se encuentran totalmente pagadas las imposiciones del trabajador, toda vez que el documento señalado en el considerando tercero sólo acredita el pago correspondiente al periodo trabajado por el ejecutante de autos, esto es, desde el mes de mayo de 2011 a diciembre de 2021, y no las devengadas desde la separación del trabajador hasta la fecha del pago que alega, así las cosas, no procede la convalidación del despido, en los términos del inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, por lo que se rechazará la solicitud y sólo se tendrá presente el pago parcial del monto adeudado por la ejecutada como se dirá en la parte resolutiva de esta sentencia.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo y demás normas aplicables, se resuelve: I.- Que, se tiene presente el pago parcial de las cotizaciones adeudadas al trabajador, respecto a las devengadas durante el periodo comprendido entre el mes de mayo de 2011 al mes de diciembre de 2021. II.- Que se rechaza la solicitud de convalidación de despido, contenida en el primer otrosí de la presentación de fecha 10 de diciembre de 2024, rolante a folio 61 de autos. III.- Que, en cuanto a la nueva liquidación solicitada por la ejecutada, en el segundo otrosí de la presentación de fecha 10 de diciembre de 2024, rolante a folio 61 de autos, reitérese en su oportunidad. RIT: C-16-2024 RUC: 22-4-0379122-2 Proveyó el (la) Juez(a) del 1° Juzgado de Letras de Talagante, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Código: HRDFXSUYXWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Talagante a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. mfa Código: HRDFXSUYXWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-27T13:08:09-0300
Texto Completo (Preview)
Talagante, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. Resolviendo incidente de fecha 10 de diciembre de 2024 (folio 61): Vistos: 1.- Que, con fecha 10 de diciembre de 2024 (folio 61), comparece don José Francisco Acevedo Alliende, Rut 15.095.3200, por la ejecutada de autos, quien viene en solicitar que se tenga presente el pago por concepto de las cotizaciones de AFC del d
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