SAMIR ABU GHOSH EL HUSEIN/ ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
161812-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
Civil
Resultado
DIRIMIDA CONTIENDA COMPETENCIA, REMÍTANSE AUTOS AL
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º.- Que el numeral 1º del Acta Nº 94 de 2015 de esta Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que la actora fijó domicilio en la comuna de Concepción. 3º.- Que los efectos finales del acto impugnado dicen relación con la afectación del patrimonio de la recurrente. 4º.- Que no es posible omitir que, ingresado el recurso ante la Corte de Apelaciones de Concepción, dicho tribunal lo admitió a tramitación y requirió informe. Por lo anterior, y de conformidad con la normativa pertinente, se dirime la contienda de competencia y se declara que la acción constitucional deberá ser conocida por la Corte de Apelaciones de Concepción, quien, por lo demás, previno en el conocimiento del asunto. Comuníquese lo resuelto a la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y envíese. Rol N° 161.812-2023.
Fallo
fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que la actora fijó domicilio en la comuna de Concepción. 3º.- Que los efectos finales del acto impugnado dicen relación con la afectación del patrimonio de la recurrente. 4º.- Que no es posible omitir que, ingresado el recurso ante la Corte de Apelaciones de Concepción, dicho tribunal lo admitió a tramitación y requirió informe. Por lo anterior, y de conformidad con la normativa pertinente, se dirime la contienda de competencia y se declara que la acción constitucional deberá ser conocida por la Corte de Apelaciones de Concepción, quien, por lo demás, previno en el conocimiento del asunto. Comuníquese lo resuelto a la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y envíese. Rol N° 161.812-2023.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1º.- Que el numeral 1º del Acta Nº 94 de 2015 de esta Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que la actora fijó domici
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