MONSALVE CON SOC CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA GARCIA Y GARCIA LTDA.
Rol
C-14-2015
Fecha
14 de febrero de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto teniendo presente: 1.- Q u e la de m a nda ha objetado la liquidación de autos, argu m e ntando que con fecha 13 de agosto de 2024 se dio cuenta del pago de la deuda liquidada en autos, que ascendía a la su m a de $96.574.650., (noventa y seis millones quinientos setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta pesos) y que posterior mente aco m pañó docu m e ntos que acreditan haber convalidado el despido, según consta de actuación de fecha 28 de agosto de 2024 y e n definitiva, objeta argu m entando que se ha realizado una nueva liquidación en base a prestaciones, reajustes e intereses que no corresponde aplicar, debido a que el despido se encuentra convalidado el día 30 de agosto de 2024 y que a la fecha no se registran saldos pendientes en la causa; 2.- Q u e la de m a ndante evacuando el traslado, solicita que se rechace la objeción planteada por la ejecutada, reconoce que el despido de su representado fue efectiva m ente convalidado el día 27 de agosto de 2024, y que la liquidación objetada incluye lo adeudado desde la fecha del último pago a la fecha de la convalidación. Y por otra parte, la R esolución Exenta N° 3621 de fecha 02 de agosto de 2024, del Ministerio de la Vivienda y Urbanis m o que co m ple m entó la R esolución Exenta N° 1720 de fecha 23 de m arzo de 2016, dispuso el pago de la reliquidación del crédito, reajustes e intereses de estos autos en consideración a los m o ntos confor m e a la liquidación de fecha 21 de dicie m bre de 2023; 3.- Q u e analizados los antecedes que obran en autos, se puede deter minar con fecha 06 de agosto de 2024, la ejecutada pagó la deuda liquidada que incluía reajustes e intereses y que ascendía a $96.574.0650. Liquidación qu e conte m plo sueldo por convalidación hasta Código: ETRDXSZKZHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1 e r . J u z g a d o L e t r a s d e S a n C a r l o s el mes de noviembre de 2023 y que con fecha 29 de agosto de 2024, da cu
Fundamentos
considerando cuarto. RIT: C-14-2015 Proveyó Jueza del 1º Juzgado de Letras de San Carlos, quien firma conforme a la Ley N° 20.886. En San Carlos a catorce de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (mlc) Código: ETRDXSZKZHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1 e r . J u z g a d o L e t r a s d e S a n C a r l o s Código: ETRDXSZKZHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-14T15:23:04-0300
Fallo
se resuelve: Ha lugar a la objeción de liquidación sólo en cuanto a que se deberá realizar una nueva liquidación liquidando sólo los sueldos que comprende el período razonado en el considerando cuarto. RIT: C-14-2015 Proveyó Jueza del 1º Juzgado de Letras de San Carlos, quien firma conforme a la Ley N° 20.886. En San Carlos a catorce de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (mlc) Código: ETRDXSZKZHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1 e r . J u z g a d o L e t r a s d e S a n C a r l o s Código: ETRDXSZKZHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-14T15:23:04-0300
Texto Completo (Preview)
1 e r . J u z g a d o L e t r a s d e S a n C a r l o s San Carlos, catorce de febrero de dos mil veinticinco. Visto teniendo presente: 1.- Q u e la de m a nda ha objetado la liquidación de autos, argu m e ntando que con fecha 13 de agosto de 2024 se dio cuenta del pago de la deuda liquidada en autos, que ascendía a la su m a de $96.574.650., (noventa y seis millones quinientos setenta y cuatro m
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