Juzgado de Letras de Ancud

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL/HERNÁNDEZ

Rol

P-108-2021

Fecha

10 de febrero de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1° Que, con fecha 18 de junio de 2024, mediante escrito que rola a folio 16, la demandada solicitó el retiro de la demanda. 2° Que, con fecha 30 de enero de 2025, este tribunal advierte un error en la tramitación dejando sin efecto lo resuelto con fecha 21 de junio de 2024, confiriendo en la misma resolución traslado. 3° Que, la ejecutada no evacuo el traslado en tiempo y forma. 4° Que atendido el mérito de los antecedentes descritos en el escrito de retiro de demanda y los que se desprenden de la carpeta judicial, en especial que, a la fecha de presentación del escrito antes individualizado, la presente causa se encontraba válidamente notificada, este juez estima que no es posible acceder a la solicitud planteada. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que no se da lugar al retiro de demanda. Cada parte pagará sus costas. Archívese la causa por terminada, en su oportunidad. RIT: P-108-2021 RUC: 21-3-0248247-8 En Ancud a diez de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jsb Código: BTSKXSNRXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-10T11:47:08-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que no se da lugar al retiro de demanda. Cada parte pagará sus costas. Archívese la causa por terminada, en su oportunidad. RIT: P-108-2021 RUC: 21-3-0248247-8 En Ancud a diez de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jsb Código: BTSKXSNRXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-10T11:47:08-0300

Texto Completo (Preview)

Ancud, diez de febrero de dos mil veinticinco. Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 30 de enero de 2025, en rebeldía de la parte ejecutada. Resolviendo derechamente el escrito de folio 16: Vistos: 1° Que, con fecha 18 de junio de 2024, mediante escrito que rola a folio 16, la demandada solicitó el retiro de la demanda. 2° Que, con fecha 30 de enero de 2025, este tribunal adviert

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