C.A. de Santiago

BRACAMONTE SALAZAR ROGER MANUEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

195268-2023

Fecha

24 de agosto de 2023

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se confirma la sentencia apelada de siete de agosto de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1826-2023. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama, quien fue del parecer de revocar la sentencia apelada y, en su lugar, rechazar el recurso de amparo interpuesto, teniendo en consideración para ello que la condena impuesta al amparado, claramente afecta a bienes jurídicos de carácter público que autoriza a la Administración para decretar la expulsión del territorio nacional del extranjero que haya perpetrado tales ilícitos, sin que para ello se demande, conforme a la correcta interpretación de las disposiciones en estudio, que el extranjero sea sancionado más de una vez por la misma conducta o por otro delito. Asimismo, y para desestimar la alegación de la defensa en orden a la afectación que la expulsión del amparado produciría respecto de su familia, se tiene presente que el artículo 9 de la Convención de los Derechos del Niño, en su numeral 4° dispone que, en caso de que la separación sea resultado de una medida adoptada por un Estado Parte, como lo es la expulsión de uno de los padres del niño, el Estado Parte proporcionará, cuando se le pida, a los padres, al niño o, si procede, a otro familiar, información básica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el bienestar del niño. Es decir, dicha disposición en caso alguno impide que se decrete la expulsión de los padres cuando ella sea justificada, imponiendo al Estado sólo el deber de entregar información básica acerca de su paradero, lo que descarta la existencia de ilegalidad o arbitrariedad por parte de la Administración al dictar la resolución impugnada en la especie. Regístrese y devuélvase. Rol N° 195.268-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de agosto del dos mil veintitrés. Al escrito folio 244804-2023: téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de siete de agosto de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1826-2023. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama, quien fue del parecer de revocar la sentencia apelada y, en su lug

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