C.A. de Santiago

WALMART CHILE S.A../CORTE DE SANTIAGO

Rol

186002-2023

Fecha

23 de agosto de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE HECHO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que los abogados doña Carla Bordolí Calcutta y don Cristián Doren Quiroz, han deducido recurso de hecho en representación de Walmart Chile S.A. impugnando la resolución dictada el 3 de agosto de dos mil veintitrés por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el recurso de amparo económico Rol N° 1645-2023, a través de la cual se denegó la concesión de la apelación interpuesta por el recurrente en contra de la resolución que rechazó tenerlo por parte en el procedimiento y tener presente sus consideraciones. Segundo: Que el “verdadero” recurso de hecho es la vía procesal contemplada por el legislador para que la parte agraviada por la resolución que erróneamente deniega la concesión del recurso de apelación, sea enmendada por el superior jerárquico, obteniendo de este modo la corrección de la providencia erradamente librada. Señala el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil: “Si el tribunal inferior deniega un recurso de apelación que ha debido concederse, la parte agraviada podrá ocurrir al superior respectivo, dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación de la negativa, para que declare admisible dicho recurso”. Tercero: Que, lo hasta ahora expuesto deja en evidencia la inviabilidad del arbitrio en estudio, toda vez que de la simple revisión del expediente digital ha quedado de manifiesto que el recurso de apelación denegado fue interpuesto en contra de una resolución que no prevé expresamente la posibilidad de apelar, requisito fundamental para entregar a esta Corte Suprema competencia excepcional como tribunal de segunda instancia. De conformidad asimismo con lo dispuesto por los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en representación de Walmart Chile S.A., en contra de la resolución pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago el tres de agosto de dos mil veintitrés. Al primer otrosí: a sus antecedentes. Al segundo otrosí y tercer otrosí: estése al mérito. Al cuarto y quinto otrosí: téngase presente. Al escrito folio N° 225.843-2023: a sus antecedentes. Regístrese y archívese. 186.002-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que los abogados doña Carla Bordolí Calcutta y don Cristián Doren Quiroz, han deducido recurso de hecho en representación de Walmart Chile S.A. impugnando la resolución dictada el 3 de agosto de dos mil veintitrés por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el recurso de amparo económico Rol N° 1645-2023, a

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