A.F.P. CUPRUM S.A. CON ORIENTACION CLINICA Y DIAGNOSTICA CHILE
Rol
A-5237-2007
Fecha
8 de enero de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don FRANCISCO TOCORNAL FUENZALIDA, abogado, domiciliado en calle Augusto Leguía Norte 127, oficina 101, piso 1, comuna de Las Condes, en representación de Administradora de Fondos de Pensiones A.F.P. CUPRUM S.A., Institución de Previsión Social, para estos efectos de su mismo domicilio, quien interpone demanda ejecutiva en contra de la ORIENTACIÓN CLÍNICA Y DIAGNÓSTICA CHILE, legalmente representada por don JUAN FUENZALIDA CÁDIZ, ignora profesión, ambos con domicilio en Avenida Chillán 2398, comuna de Independencia. Funda su demanda en que por resolución N° 2-205155 de 20 de marzo de 2007, se ha establecido que la ejecutada adeuda a su representada la suma de $1.490.066.-, por cotizaciones previsionales morosas del trabajador don Juan Carlos Fuenzalida Cádiz y doña María Magdalena Ferreira Albornoz, aludidos en los anexos respectivos de la citada resolución, y que corresponden a los períodos comprendidos entre abril del año 1998 y marzo de 1999, ambos inclusive. Señala que dicha resolución tiene mérito ejecutivo, que la deuda es líquida, actualmente exigible, y no se encuentra prescrita. Solicita en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma total de $1.490.066.-, más reajustes e intereses y costas, y en el evento que no pague, se siga adelante con la ejecución hasta el pago íntegro de lo adeudado. Por su parte, la ejecutada se opone a la ejecución alegando la excepción de prescripción extintiva, contemplada en el artículo 31 bis de la Ley 17.322, e inciso 21 del artículo 19 del Decreto Ley 3.500, fundada en que la sociedad ejecutada Orientación Clínica y Diagnóstica Chile Limitada, cesó totalmente en sus actividades hace ya mucho más de diez años a la fecha, dado que enfrentó graves problemas financieros que le hicieron inviable en su continuidad para todo efecto legal, incluyendo evidentemente el aspecto laboral. Código: TWGTXRXXTMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valida
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte ejecutante solicita el pago de cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundada en la resolución N° 2- 205155 de 20 de marzo de 2007, por la suma de $1.490.066.-, más reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que la ejecutada opuso a la ejecución la excepción de “prescripción de la acción ejecutiva”. TERCERO: Que, de la excepción opuesta, se colige que la discusión se ha visto centrada en determinar si efectivamente concurren en la especie los presupuestos fácticos, que contempla la Ley, a objeto de declarar la prescripción alegada. CUARTO: Que para acreditar los fundamentos de la excepción que opusiera, la parte ejecutada allegó a los autos las siguientes probanzas: I. Documental: 1) Carpeta tributaria electrónica emitida por el Servicio de Impuestos Internos de fecha 9 de enero de 2023. Código: TWGTXRXXTMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Testimonial: 1.- Don Eduardo Alfonso San Martín Bustos, quien debidamente juramentado declara que, en cuanto al punto de prueba fijado en autos, que sí, que él conoció a la empresa OCD Chile en el año 1992 hasta mediados del 2001, la empresa dejó de funcionar porque al propietario ya no le quedaba más dinero además porque el dólar había subido mucho de precio. Refiere que la empresa funcionaba en calle Chillán 2398 de la comuna de Independencia y que el representante legal y dueño de la empresa era Juan Carlos Fuenzalida. Señala que, conocía la empresa y a don Juan Carlos Fuenzalida porque le compraba insumos médicos, lo que realizó hasta mediados del año 2001 porque la empresa había quebrado. Aclara que el nombre real de la empresa es Orientación Clínica y Diagnóstico Chile. Finalmente expresa que después del 2001 la empresa no siguió funcionando. 2.- Don Luis Alberto Calderón Hormazábal, quien debidamente juramentado declara que, en cuanto al punto de prueba fijado en estos autos, que es positivo, que sí, en el año 2001 el dueño de OCD anunció que tenía problemas económicos y que la empresa iba a dejar de existir, que dicha empresa vendía los artículos, y que no iba a funcionar más. Que, en el año 2001 dejó de existir la empresa por lo tanto dejaron de tener relación comercial. Señala que, la empresa se encontraba ubicada en calle Chillán 2398 de la comuna de Independencia cerca de las Parrilladas Argentinas. Que, el nombre del dueño es Juan Carlos Fuenzalida y que, en cuanto a los trabajadores de ésta, siempre vio a una sola persona que era la secretaria, que era una empresa chica y tenía más artículos que gente trabajando. En cuanto a los productos que vendía la empresa y cómo la conoció, sostiene que del año 1993 o 1994, él por intermedio de publicidad llegó y se dedicó a vender artículos para la medicina, test de sangre, de embarazo, de drogas, le compraba alcohol, máquinas para la presión y test de droga, y de ahí Código: TWGTXRXXTMX Este documento tiene firma electrónica y
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada Orientación Clínica y Diagnóstica Chile. En consecuencia, se desestima la ejecución dirigida en su contra por AFP Cuprum S.A. II.- Que, cada parte pagará sus costas. RIT: A-5237-2007 RUC: 07-3-0032926-2 Regístrese y archívese, en su oportunidad. Notifíquese al apoderado de la parte ejecutante por correo electrónico y por cédula al apoderado de la parte ejecutada, en atención a que no registra correo electrónico en SITCO. Dictada por doña María Eugenia Cubillo Espinoza, Jueza Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago, a ocho de enero de dos mil veinticinco, se dejó constancia en el estado diario de haberse dictado la sentencia precedente. Código: TWGTXRXXTMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-08T14:42:02-0300
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece don FRANCISCO TOCORNAL FUENZALIDA, abogado, domiciliado en calle Augusto Leguía Norte 127, oficina 101, piso 1, comuna de Las Condes, en representación de Administradora de Fondos de Pensiones A.F.P. CUPRUM S.A., Institución de Previsión Social, para estos efectos de su mismo domicilio, quien interpone demanda ejecutiva en contra d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica