2º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

MELANIA RODRÍGUEZ TUDELA CON LEONARDO TRONCOSO ORELLANA

Rol

62217-2023

Fecha

10 de agosto de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado, contra la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó el recurso de casación en la forma que interpuso y confirmó la de primera instancia, que designó juez partidor. Segundo: Que con arreglo al artículo 767 de la recopilación procedimental, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra fallos definitivos inapelables e interlocutorios inapelables cuando ponen término al litigio o tornan imposible su prosecución, pronunciados por Cortes de Apelaciones o por un tribunal arbitral de segunda instancia, en los casos que indica. Tercero: Que como la resolución impugnada carece de la naturaleza jurídica señalada, el recurso no puede prosperar y será declarado inadmisible. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido contra la resolución de diez de marzo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N°62.217-2023 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., señor Diego Simpertigue L., y los abogados integrantes señor Héctor Humeres N., y señora María Angelica Benavides C. No firma el abogado integrante señor Humeres, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, diez de agosto de dos mil veintitrés.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido contra la resolución de diez de marzo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N°62.217-2023 Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., señor Diego Simpertigue L., y los abogados integrantes señor Héctor Humeres N., y señora María Angelica Benavides C. No firma el abogado integrante señor Humeres, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, diez de agosto de dos mil veintitrés.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado, contra la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó el recurso de casación en la forma que interpuso y confirmó la de primera ins

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