ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE III S.A. CON I. MUNICIPALIDAD DE MAIPU
Rol
P-44315-2023
Fecha
3 de enero de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT: P-44315-2023 RUC: 23-3-0286814-K, con fecha 20 de octubre de 2024, comparece don Juan Manuel López Ulloa, abogado, en representación de Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A, entidad de previsión social, todos domiciliados para estos efectos en Los Militares N° 5885, Piso 13, comuna de Las Condes, interponiendo demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú representada por su alcalde Tomas Vodanovic Escudero, ambos domiciliados en Avenida Cinco de abril 260, Maipú. Para fundar su demanda, acompaña la resolución N° 2289193 de fecha 11 de octubre de 2023, de conformidad con la Ley N° 17.322, en que se indican las cotizaciones previsionales adeudadas a su institución, en relación al trabajador Eduardo Andrés Ríos Castillo, R.U.T. 15.414.087-5 por los períodos comprendidos entre enero de 2015 y diciembre de 2019; y la trabajadora Macarena Johanna Soto Reyes, R.U.T 13.934.451-0 por los períodos comprendidos entre marzo de 2017 y julio de 2023, ambos periodos que en total suman $4.794.743. Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la Municipalidad antes individualizada y, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma antes señalada, más reajustes, intereses y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado. Por resolución de fecha 24 de octubre de 2023 se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despachándose el respectivo mandamiento de ejecución y embargo por la suma demandada. Con fecha 12 y 13 de diciembre de 2023, se practicó la notificación de la demanda y el requerimiento de pago a la ejecutada, respectivamente. Código: MBSPXRDQQLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 18 de diciembre de 2023, comparece doña Tamara Burgos S
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Manuel López Ulloa, abogado, en representación de Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A, interpone demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú representada por su alcalde Tomas Vodanovic Escudero. Funda su demanda en el hecho que, la ejecutada adeudaría a su representada la suma de $4.794.743 por concepto de imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre enero de 2015 y julio de 2023, ambos inclusive, respecto de dos trabajadores, ello según el título acompañado consistente en resolución N° 2289193 de fecha 11 de octubre de 2023, más reajustes, intereses y costas que se determinen al momento del pago efectivo; SEGUNDO: Que, la ejecutada se opone a la ejecución, mediante la excepción establecida en el N°2, segunda parte, del artículo 5° de la Ley 17.322, esto es, existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas. I.- Respecto del trabajador Eduardo Ríos Castillo Funda la excepción interpuesta exponiendo que en lo principal de su presentación, la demanda interpuesta en el presente procedimiento por parte Código: MBSPXRDQQLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la AFC Chile III S.A, señala que la presente demanda se interpone de acuerdo con la Resolución N° 2289193, demandando el pago de cotizaciones previsionales morosas del trabajador don Eduardo Ríos Castillo, por el período comprendido entre enero de 2015 y diciembre de 2019, considerando una renta imponible de $1.333.333, lo que se expone en un cuadro al efecto. Sostiene que analizado el título ejecutivo emitido por AFC Chile III S.A, se deduce que su origen o fundamento de la misma es la sentencia dictada en la causa RIT O-1665-2020 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la cual
Fallo
Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la Municipalidad antes individualizada y, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma antes señalada, más reajustes, intereses y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado. Por resolución de fecha 24 de octubre de 2023 se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despachándose el respectivo mandamiento de ejecución y embargo por la suma demandada. Con fecha 12 y 13 de diciembre de 2023, se practicó la notificación de la demanda y el requerimiento de pago a la ejecutada, respectivamente. Código: MBSPXRDQQLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 18 de diciembre de 2023, comparece doña Tamara Burgos Sánchez, abogada, en representación convencional de la demandada Ilustre Municipalidad de Maipú, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Cinco de abril N° 0260, comuna de Maipú, oponiéndose a la ejecución interponiendo la excepción establecida en el N°2, segunda parte, del artículo 5° de la Ley 17.322, esto es, existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas. En cuanto a la ejecutante, se tuvo por evacuado el traslado conferido. Se declaró admisible la excepción y se recibió la causa a prueba por el término legal. Vencido el término prob
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Santiago, tres de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos RIT: P-44315-2023 RUC: 23-3-0286814-K, con fecha 20 de octubre de 2024, comparece don Juan Manuel López Ulloa, abogado, en representación de Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A, entidad de previsión social, todos domiciliados para estos efectos en Los Militares N° 5885, Piso 13, comuna de Las Condes,
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