ROJAS/RIVERA Y PONCE CIA LTDA.
Rol
J-57-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° A folio 6, con fecha 29 de junio de 2024, compareció don Yadín Abraham Sales Marambio, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.671.955-0, domiciliado en calle Irarrázabal N° 670, Antofagasta, en representación de Leonidas Mercedes Ponce González Transportes Rivera y Ponce EIRL, RUT N° 76.303.960-9, domiciliada en calle Pisagua N° 672, Antofagasta, parte ejecutada en el juicio ejecutivo de cobro de prestaciones laborales, RIT , caratulado "Rojas/Rivera y Ponce Cía. Ltda.", por quien opuso excepción de pago contenida en el artículo 470 del Código del Trabajo, en contra de la ejecución de autos. En síntesis, señaló que la relación laboral entre las partes concluyó el 19 de abril de 2024, con un finiquito suscrito ante notario público el 2 de mayo de 2024, invocando como causal el artículo 159 N°1 del Código del Trabajo (mutuo acuerdo de las partes). Adujo que se acordó el pago de una indemnización de $1.910.800, con la siguiente modalidad de pago: $1.000.000 el 2 de mayo de 2024 y $910.800 en un plazo de 30 días. Refirió que el 2 de mayo de 2024 se transfirieron $1.000.000 a la cuenta del trabajador Ramón Rojas Castillo. Posteriormente, el trabajador informó que su cuenta estaba afectada por problemas bancarios debido a deudas de alimentos y proporcionó una cuenta alternativa, perteneciente a su cónyuge, Alcira Alejandra Gatica Odawa. Así, expresó que se realizaron las siguientes transferencias: Código: TXUGXRXSNKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 15 de mayo de 2024: $300.000 a la cuenta de su cónyuge. 17 de mayo de 2024: $200.000 a la cuenta de su cónyuge. 22 de mayo de 2024: $60.000 a la cuenta del trabajador. 3 de junio de 2024: $300.800 a la cuenta del trabajador. También sostuvo que la suma de $50.000 se la entregó en efectivo al ejecutante el 3 de mayo de 2024. Arguyó que antes de la notificación de la demanda se había cumplido con el pago total de la
Fundamentos
considerando el pago parcial efectuado por la ejecutada. III.- Se rechaza la solicitud de incremento establecida en el artículo 169 a) del Código del Trabajo pedida en el quinto otrosí de la demanda ejecutiva. IV.- Cada parte soportará sus costas. RIT: J-57-2024 RUC: 24-3-0147430-6 Proveyó doña CAROLINA SANCHEZ MEDINA, Jueza Destinada del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Antofagasta a dos de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: TXUGXRXSNKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-02T15:00:08-0300
Fallo
Por lo expuesto, y visto además lo dispuesto en los artículos 463, 468, 464 N°3, 470, 471, 473 y artículos 1698, 1568 y 1576 del Código Civil, se resuelve: I.- Se acoge parcialmente la excepción de pago opuesta por la ejecutada, hasta por la suma de $1.860.800. II.- Pasen los antecedentes a la unidad de liquidación para que practique una nueva liquidación de la deuda, considerando el pago parcial efectuado por la ejecutada. III.- Se rechaza la solicitud de incremento establecida en el artículo 169 a) del Código del Trabajo pedida en el quinto otrosí de la demanda ejecutiva. IV.- Cada parte soportará sus costas. RIT: J-57-2024 RUC: 24-3-0147430-6 Proveyó doña CAROLINA SANCHEZ MEDINA, Jueza Destinada del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Antofagasta a dos de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: TXUGXRXSNKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-02T15:00:08-0300
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Antofagasta, dos de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° A folio 6, con fecha 29 de junio de 2024, compareció don Yadín Abraham Sales Marambio, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.671.955-0, domiciliado en calle Irarrázabal N° 670, Antofagasta, en representación de Leonidas Mercedes Ponce González Transportes Rivera y Ponce EIRL, RUT N° 76.303.960-9, domiciliada en
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