21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INMOBILIARIA PABLO RADO REICHBERG SPA CON FARMACIAS, PERFUMERIAS Y COMERCIALIZADORA JORGE MANRIQUEZ (S)

Rol

137714-2022

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FORMA, ANULADA SENTENCIA DE (M)

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Hechos

VISTO: En este juicio sumario, seguido por demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, rol C-5553-2021 y caratulado “Inmobiliaria Pablo Rado Reichberg SpA con Farmacias, Perfumerías y Comercializadora Jorge Manríquez EIRL”, el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de quince de marzo de dos mil veintidós, acogió la demanda y declaró terminado el contrato de arrendamiento que vinculó a las partes, condenando a la demandada al pago de rentas adeudadas por la suma de 189 UF, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020 y al cobro del saldo de rentas insolutas producidas en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del año 2020 por la suma equivalente a 75,1 UF más intereses legales. Condenó también a la demandada al pago de una indemnización de perjuicios consistente en el pago de las rentas hasta la expiración de la prórroga vigente del contrato. La demandada apeló de esta decisión y una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por sentencia de veintiuno de septiembre de dos mil veintidós, revocó la sentencia. En su lugar, rechazó la demanda en todas sus partes. En contra de esta última sentencia, la parte demandante interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: En cuanto al Recurso de Casación en la Forma. PRIMERO: Que la recurrente asevera que la sentencia ha incurrido en la causal de casación formal del artículo 768 N°4 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido dado en ultra petita. Expone que la demandada no opuso como defensa o excepción la cláusula “rebus sic stantibus”, ni invocó la teoría de la imprevisión que sirve de base y sustento de la sentencia impugnada. Agrega que en la etapa de discusión la demandada no alegó un cambio en las circunstancias existentes al momento de celebrar el contrato, que le haya significado un impedimento para usar el local arrendado para el fin pretendido. SEGUNDO: Que, para una adecuada comprensión del asunto planteado en el recurso, resulta necesario tener presente los siguientes antecedentes: 1. Con fecha 25 de junio de 2021, Inmobiliaria Pablo Rado Reichberg Spa dedujo demanda en juicio sumario de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y de indemnización de perjuicios en contra de Farmacias, Perfumería y Comercializadora Jorge Manríquez Jofré EIRL. Solicitó el pago de 75.1 Unidades de Fomento, que corresponden a las diferencias producidas entre lo pagado parcialmente por concepto de rentas de arrendamiento de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020 y lo que efectivamente debió pagarse. Pidió que se condene a la demandada al pago del resultado de calcular 1 Unidad de Fomento por cada día de atraso en el pago de la renta, por concepto de multa convenida en el contrato de arrendamiento y al pago de la cifra de dinero que resulte de calcular el 10% del total adeudado, por concepto de gestión de cobranza convenida en el contrato de arrendamiento. Interpuso además demanda de indemnización de perjuicios causados por el incumplimiento culposo del contrato de arrendamiento, los que deben ser resarcidos con el pago de las rentas de arrendamiento que falten para el cumplimiento del plazo establecido en el referido contrato de arrendamiento. Al efecto, invocó la cláusula 4ª del contrato de arrendamiento, que estipula que rigió a contar del 3 de abril de 2017 con vigencia de 36 meses renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 36 meses más, salvo que una de las partes comunicase a la otra su intención de que el arrendamiento no se renueve, comunicación que deberá ser enviada por carta certificada con una anticipación no inferior a 60 días respecto de la fecha de expiración del contrato de arrendamiento o de cualquiera de sus prórrogas que estuviese vigente. Reiteró que la demandada no pagó las rentas de arrendamiento correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020 y luego de ello hizo abandono unilateral e intempestivo del inmueble arrendado, mediante la entrega de las llaves al notario público Wladimir Shramm López, las que finalmente fueron entregadas a su parte el día 2 de septiembre de 2020. 2. La demandada contestó la demanda indicando que luego del denominado estallido so

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Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: En este juicio sumario, seguido por demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, rol C-5553-2021 y caratulado “Inmobiliaria Pablo Rado Reichberg SpA con Farmacias, Perfumerías y Comercializadora Jorge Manríquez EIRL”, el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de quince de marzo de dos mil veintidós, acogió la demanda y declaró terminado el contrato de arrendamiento que vinculó a las partes, condenando a la demandada al pago de rentas adeudadas por la suma de 189 UF, correspondiente a los meses d

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