GOMEZ QUINTEROS JOSE CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE
Rol
178901-2023
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus
Fundamentos
fundamentos cuarto a sexto. Y teniendo, además, presente: Que atendido el largo tiempo que resta para el término del cumplimiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva otorgada al amparado, y que el Juzgado de Garantía de Talagante no ha emitido pronunciamiento sobre el fondo de los incumplimientos o cumplimientos imperfectos informados por el Centro de Reinserción Social respectivo a la pena sustitutiva, resulta desproporcionada su revocación y la imposición del cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, sin antes agotar todas las vías razonables para instar a su debido cumplimiento. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución, se revoca la sentencia apelada de veinte de julio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel en el Ingreso Corte N° 528-2023 y, en su lugar, se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de José Edgar Gómez Quinteros, por lo que se deja sin efecto la resolución de 6 de abril de 2023 dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, cuyo cumplimiento deberá proseguirse y supervisarse conforme a las reglas generales, debiendo el Tribunal disponer la realización de una nueva audiencia donde se revisen los incumplimientos denunciados por el C.R.S. Santiago Occidente y resuelva conforme a derecho sobre la continuidad de la pena sustitutiva o su revocación. Regístrese y devuélvase. Rol N° 178.901-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus fundamentos cuarto a sexto. Y teniendo, además, presente: Que atendido el largo tiempo que resta para el término del cumplimiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva otorgada al amparado, y que el Juzgado de Garantía de Talagante no ha emitido pronunciamiento sobre el fondo de los incumplimientos o cumplimientos imperfectos informados por el Centro de Reinserción Social respectivo a la pena sustitutiva, resulta desproporcionada su revocación y la imposición
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