ISAPRE CONSALUD S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD VIÑA DEL MAR
Rol
P-5645-2024
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece Pablo Aguirre Gallardo, abogado, en representación de la I. Municipalidad de Viña del Mar, en autos caratulados Isapre Consalud con ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE Viña del Mar, RIT P-5645-2024, Solicitando se sirva tener por opuesta excepción establecida en el número 2 del artículo 5 N°2 de la ley 17.322, esto es “existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas a la demanda ejecutiva acogerla a tramitación y dar lugar a la misma, con costas.” Señala que La ejecutante Isapre Consalud S.A., mediante el título ejecutivo correspondiente a la resolución N° 1306, de fecha 13 de junio de 2024 emitido por la Isapre en referencia demanda el pago de la suma de $13.184.612, más reajustes, intereses, recargos y costas. Por concepto de cotizaciones de cesantía impagas, debiendo decir cotizaciones de salud, impagas de la extrabajadora María Carolina Inostroza Sarria, RUT 13.020.048-6, respecto de los periodos diciembre de 2013 a julio de 2021. Manifiesta que el titulo ejecutivo contiene al menos “un error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas, correspondientes al periodo diciembre de 2013 y julio de 2021”, por cuanto en el mes de diciembre la extrabajadora trabajó a partir del día dos, y en julio de 2021 -término de la relación laboral- trabajó ocho días. Por lo que estima errado indicar la renta imponible completa correspondiente al mes cuando no se trabajó todo el mes. Luego refiere que la sentencia RIT O-996-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, la que en su
Fundamentos
considerando décimo sexto dispone que “… se hará lugar al cobro de las cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía adeudadas por el período comprendido entre el 2 de diciembre de 2013 y el 8 de julio de 2021, debiendo oficiarse para los efectos de su cobro a las instituciones previsionales correspondientes, considerándose las bases de cálculo Código: XMYLXRZXCXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 331 referidas al efecto en la contestación, a saber, $2.542.794 en diciembre del año 2013; $2.669.934 el año 2014; $2.830.130 el año 2015; $2.946.165 el año 2016; $3.040.442 el año 2017; $3.116.453 el año 2018; $3.225.529 el año 2019; $3.270.686 el año 2020; y $3.296.851 de enero a julio de 2021” En consecuencia, expresa que el titulo carece de mérito ejecutivo al apartarse de lo ordenado a pagar en la sentencia anteriormente mencionada, solicitando se acoja a tramitación la excepción prevista y contemplada en el artículo 5 n°2 de la ley 17.322, “dando lugar a la misma no dando lugar a la demanda”, con costas. Para acreditar sus dichos acompaña el siguiente documental: 1.- Sentencia definitiva de fecha 28 de junio de 2023, dictada en la causa Rit O- 996- 2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. 2.- Certificado de ejecutoria de fecha 22 de noviembre de 2023, en la causa Rit O996-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. -Comparece Alvaro Molina Leiva, por la ejecutante -Isapre Consalud S.A., - evacuando el traslado conferido en autos señala “Que en razón de lo indicado por la contraria y del resultado de un estudio de la resolución 1306 demandada, el periodo de junio del año 2021, debe ser por un valor de $45.322.-, Por lo que, habiéndose corregido el error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas, solicito a S.S., continuar con la tramitación de la presente causa y su ejecución por un total de $13.059.975.” Solicitando que habiéndose corregido el error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas continuar con la tramitación por un total de $13.059.975.- Pide tener por evacuado el traslado y corregido el procedimiento de autos Continuando con su tramitación. -Con fecha 26 de noviembre de 2024, se recibió la causa a prueba, fijándose como hecho substancial, pertinente y controvertido que ha de probarse, el siguiente: 1.- Efectividad de existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas a la trabajadora Doña María Carolina Inostroza Sarria Rut:13.020.048-6, Pormenores y circunstancia. Código: XMYLXRZXCXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 332 -Con fecha 20 de diciembre, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: La ejecutada opone excepción de existir error de hecho en el cálculo se las cotizaciones adeudadas respecto de la Resolución N°1306, por cuanto en el periodo diciembre de 2013 se indica una renta imponible correspond
Fallo
por tanto obligación para el empleador de declarar y pagar de las cotizaciones del trabajador y la consecuente mora; y no existiendo controversia Código: XMYLXRZXCXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 333 entre las partes en cuanto a que éstas prestaciones no fueron declaradas ni pagadas por la demandada durante la vigencia de la contratación ni habiéndose acreditado que la actora hubiere efectuado el pago de las mismas como alega la demandada en su contestación, se hará lugar al cobro de las cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía adeudadas por el período comprendido entre el 2 de diciembre de 2013 y el 8 de julio de 2021, debiendo oficiarse para los efectos de su cobro a las instituciones previsionales correspondientes, considerándose las bases de cálculo referidas al efecto en la contestación, a saber, $2.542.794 en diciembre del año 2013; $2.669.934 el año 2014; $2.830.130 el año 2015; $2.946.165 el año 2016; $3.040.442 el año 2017; $3.116.453 el año 2018; $3.225.529 el año 2019; $3.270.686 el año 2020; y $3.296.851 de enero a julio de 2021. CUARTO: La ejecutante acompañó Resolución N° 1306 de fecha 13 de junio de 2024, emitida por la Isapre Consalud S.A., mediante la que se indica que la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, antes individualizada, adeuda y debe pagar la suma de $13.184.612.-, por concepto de cotizaciones previsionales correspondiente a remuneraciones percibidas por
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330 ISAPRE CONSALUD S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD VIÑA DEL MAR MATERIA: EJECUTIVO PREVISIONAL RIT: P-5645-2024 REGISTRO N°: 44 Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro Vistos: Comparece Pablo Aguirre Gallardo, abogado, en representación de la I. Municipalidad de Viña del Mar, en autos caratulados Isapre Consalud con ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE Viña del Mar, RIT P-5645-2024, Solicitando se
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