1º JUZGADO CIVIL DE VALDIVIA

SOCIEDAD DE TRANSPORTES REGIONAL S.A,/ÁLVAREZ

Rol

124403-2023

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de indemnización de perjuicios seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia bajo el Rol C-1224-2020, caratulado “Sociedad de Transportes Regional S.A. con Álvarez”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, que confirmó la de primer grado de veinte de diciembre de dos mil veintidós, que rechazó la demanda. Segundo: Que el recurso de casación en el fondo se funda en que los sentenciadores han vulnerado los artículos 1698 del Código Civil en relación con el artículo 425 del Código de Procedimiento Civil, reclamando del valor probatorio asignado a un peritaje y postulando -aunque sin mayor explicación- que se alteró la carga de la prueba. Solicita que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que haga lugar a la demanda, con costas. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que, atendido que en este juicio se dedujo acción de indemnización de perjuicios por la responsabilidad contractual y se resolvió en virtud de las normas del estatuto de responsabilidad extracontractual, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que sirven o sirvieron para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción a los artículos 1437, 1556 y siguientes, y 2314 y siguientes, todos del Código Civil, teniendo en consideración que es precisamente dicha normativa la que sirvió de fundamento a las acciones deducidas y

Fallo

fallo recurrido. Y, al no hacerlo, genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la cual será rechazado por manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Luis Bordones Castro, en representación de la demandante, en contra de la sentencia de veintitrés de mayo de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 124.403-2023.

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Santiago, tres de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de indemnización de perjuicios seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia bajo el Rol C-1224-2020, caratulado “Sociedad de Transportes Regional S.A. con Álvarez”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en cont

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