COLMENA GOLDEN CROSS S.A./SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCA
Rol
P-4681-2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Atendido lo expuesto por el abogado Manuel Espinoza Torres, Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, teniendo en especial consideración la normativa citada para ello, SE ACOGE el incidente de nulidad de todo lo obrado, por falta de emplazamiento, declarándose nulo todo lo obrado, a contar del 07 de noviembre de 2024, debiendo dirigirse la demanda a quien corresponda, sin costas por no haber existido oposición. Notifíquese la presente resolución a través de correo electrónico, forma especial de notificación solicitada. R.I.T P-4681-2024 R.U.C. 24-3-0303956-9 Resolvió doña VIVIANA LORETO IBARRA MENDOZA, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco, a diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la presente resolución. Código: TFTZXRTHSGU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-19T13:13:44-0300
Fallo
se RESUELVE: VISTOS: Atendido lo expuesto por el abogado Manuel Espinoza Torres, Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, teniendo en especial consideración la normativa citada para ello, SE ACOGE el incidente de nulidad de todo lo obrado, por falta de emplazamiento, declarándose nulo todo lo obrado, a contar del 07 de noviembre de 2024, debiendo dirigirse la demanda a quien corresponda, sin costas por no haber existido oposición. Notifíquese la presente resolución a través de correo electrónico, forma especial de notificación solicitada. R.I.T P-4681-2024 R.U.C. 24-3-0303956-9 Resolvió doña VIVIANA LORETO IBARRA MENDOZA, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco, a diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la presente resolución. Código: TFTZXRTHSGU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-19T13:13:44-0300
Texto Completo (Preview)
drt Temuco, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Téngase por evacuado el traslado conferido, sin contestación de la contraria. A la incidencia interpuesta por la ejecutada se RESUELVE: VISTOS: Atendido lo expuesto por el abogado Manuel Espinoza Torres, Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, teniendo en especial consideración la normativa citada para ello, SE ACOGE
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica