Jdo. de Letras del Trabajo de Antofagasta

COLMENA GOLDEN CROSS S.A./FERROCARRIL ANTOFAGASTA A BOLIVIA

Rol

P-2263-2023

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Antofagasta, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Atendido el mérito de autos, en tanto consta que la demanda ejecutiva, el requerimiento de pago y el mandamiento de ejecución y embargo respectivos, se encuentran válidamente notificados a la ejecutada, conforme consta de los estampes de fechas 28 y 29 de mayo de 2024, de ambos cuadernos y, de la certificación en el presente cuaderno, de 19 de junio siguiente.

Fundamentos

Considerando el tribunal, que las alegaciones esgrimidas por la ejecutada para promover el presente incidente de nulidad para efectos de retrotraer la tramitación al estado de notificación de las piezas antes señaladas, no se condicen con los presupuestos previstos en cuanto a las incidencias que atañen a los vicios cuya concurrencia sí amerita el efecto pretendido; y, que en cuanto a la alegación subsidiaria, se alude a circunstancias relacionadas con el cuestionamiento sobre el mérito ejecutivo del título de autos, lo que no ventiló dentro del plazo legal y a través de las excepciones que los procedimientos como el de marras contemplan, se rechaza la incidencia promovida, con costas, al no advertirse motivos plausibles para litigar. RIT: P-2263-2023 RUC: 23-3-0128617-1 Dictada por Elena del Pilar Pérez Castro, Jueza Titular del Juzgado del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta a once de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: HJCZXREGTBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HJCZXREGTBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-11T13:57:26-0300

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Atendido el mérito de autos, en tanto consta que la demanda ejecutiva, el requerimiento de pago y el mandamiento de ejecución y embargo respectivos, se encuentran válidamente notificados a la ejecutada, conforme consta de los estampes de fechas 28 y 29 de mayo de 2024, de ambos cuadernos y, de la certificación en el presente cuaderno, de 19

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