SERVICIOS TRANSPORTES DE CARGA Y OTROS PEDRO JORQUERA EIRL CON RAMIREZ GIMENEZ ANA (S)
Rol
111173-2022
Fecha
1 de agosto de 2023
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTOS: En los autos tramitados ante el Segundo Juzgado de Letras de Calama, rol C3221-2020 caratulados “Servicios de Transportes de carga y otro Pedro Jorquera EIRL con Ramírez Jimena Ana”, por sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintidós se acogió la demanda de precario y se condenó a la demandada a la restitución del inmueble que ocupa, con costas. La demandada apeló de dicho fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta por sentencia de veinticinco de agosto de dos mil veintidós confirmó la decisión. Contra esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se han infringido el inciso 2º del artículo 2195 del Código Civil. Afirma que su representada con el representante legal de la actora estuvieron casados desde el año 1992 al 2020 esta última fecha donde se divorciaron, pero la adquisición del inmueble de marras se produce en junio del 2018, misma data del contrato de compraventa que sirve de título para la adquisición del inmueble para la Empresa E.I.R.L., bien que pertenecía a la sociedad conyugal donde el marido vendía a su propia empresa constituida para ese fin y nunca hubo pago de precio ni mucho menos entrega del inmueble, por ende, su representada siguió viviendo en el mismo, hecho acreditado en autos, y que supuestamente esto se habría realizado por mera tolerancia, situación que como veremos no es así. Agrega que la tenencia del inmueble radica en la adquisición que los cónyuges habían realizado en el año 2003, hecho igualmente asentado, y que posteriormente en el mes de junio de 2018 es el mismo cónyuge marido, quien ahora por medio de este juicio demanda a su representada para que restituya el inmueble, por ende, la tenencia es pretérita al título de adquisición donde su representada mantiene un derecho personal que puede ejercer en contra del ex marido respecto de los derechos
Fallo
fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta por sentencia de veinticinco de agosto de dos mil veintidós confirmó la decisión. Contra esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se han infringido el inciso 2º del artículo 2195 del Código Civil. Afirma que su representada con el representante legal de la actora estuvieron casados desde el año 1992 al 2020 esta última fecha donde se divorciaron, pero la adquisición del inmueble de marras se produce en junio del 2018, misma data del contrato de compraventa que sirve de título para la adquisición del inmueble para la Empresa E.I.R.L., bien que pertenecía a la sociedad conyugal donde el marido vendía a su propia empresa constituida para ese fin y nunca hubo pago de precio ni mucho menos entrega del inmueble, por ende, su representada siguió viviendo en el mismo, hecho acreditado en autos, y que supuestamente esto se habría realizado por mera tolerancia, situación que como veremos no es así. Agrega que la tenencia del inmueble radica en la adquisición que los cónyuges habían realizado en el año 2003, hecho igualmente asentado, y que posteriormente en el mes de junio de 2018 es el mismo cónyuge marido, quien ahora por medio de este juicio demanda a su representada para que restituya el inmueble, por ende, la tenencia es pretérita al título de adquisición donde su
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos tramitados ante el Segundo Juzgado de Letras de Calama, rol C3221-2020 caratulados “Servicios de Transportes de carga y otro Pedro Jorquera EIRL con Ramírez Jimena Ana”, por sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintidós se acogió la demanda de precario y se condenó a la demandada a la restitución del inmueble que ocupa, c
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica