20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INNOAGRO S.L. / CHEMIE S.A. VUELVE A TABLA

Rol

108597-2023

Fecha

1 de agosto de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios seguido ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-27084-2015, caratulado “Innoagro S.L. con Chemie S.A.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha dos de mayo de dos mil veintitrés, que confirmó la de primer grado de once de septiembre de dos mil diecinueve que rechazó la demanda por no acreditarse que las mercaderías hayan sido entregadas ni que la demandada haya sido requerida de pago. Segundo: Que el recurso de casación se funda en que los sentenciadores han vulnerado los artículos 346, 384, 399 y 426 del Código de Procedimiento Civil, pues existiría evidencia suficiente del incumplimiento contractual. Solicita que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que atendido que en este juicio se dedujo acción indemnizatoria derivada del incumplimiento de un contrato de compraventa de 1200 kilogramos de fertilizante y que el tribunal rechazó la demanda

Fundamentos

considerando que no se probó la mora, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción a los artículos 1489, 1545, 1551, 1801, 1824 y 1873 del Código Civil, teniendo en consideración que es precisamente dicha normativa la que sirvió de fundamento a las acciones deducidas y al pronunciamiento del

Fallo

fallo recurrido. Y al no hacerlo, genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad sustancial, razón por la cual se rechazará el intentado en estos antecedentes por manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Guillermo Bofill Ferretti, en representación de la parte demandante, en contra de la sentencia de dos de mayo de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 108.597-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios seguido ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-27084-2015, caratulado “Innoagro S.L. con Chemie S.A.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demanda

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