29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERPA/BANCO ITAU CHILE S.A

Rol

153632-2023

Fecha

27 de julio de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2.- Que en la especie el libelo incoado por el abogado Héctor Bustos Hernández, en el Rol Nº 7664-2023 seguido ante la Corte de Apelaciones de esta ciudad, lo ha sido respecto de la resolución que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutada en contra de aquella que rechazó la corrección de oficio peticionada y en contra de la resolución que desestimó la reposición. 3.- Que de lo expuesto se desprende que las resoluciones aludidas en el motivo que precede no son de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participan de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual solo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Héctor Bustos Hernández. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, no ha lugar. Al tercer otrosí, téngase presente y al cuarto otrosí, estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 153.632-2023

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Héctor Bustos Hernández. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, no ha lugar. Al tercer otrosí, téngase presente y al cuarto otrosí, estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 153.632-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2.- Q

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