ESTACIONAMIENTOS ARAUCANIA SOCIEDAD CONCESIONARIA CON ILUSTRE. MUNICIPALIDAD DE TEMUCO.
Rol
5042-2019
Fecha
27 de julio de 2023
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos trigésimo quinto y trigésimo sexto, que se eliminan. Se reproduce el
Fallo
fallo de reemplazo consecuente al de nulidad que antecede. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos trigésimo quinto y trigésimo sexto, que se eliminan. Se reproduce el fallo anulado, con excepción de sus fundamentos cuarto y undécimo, que se eliminan. De la sentencia de casación que antecede se reproducen los considerandos duodécimo a trigésimo primero. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, el abogado ROLANDO FRANCO LEDESMA, en representación de la demandante ESTACIONAMIENTOS ARAUCANÍA SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A., dedujo recurso de apelación en contra de la sentencia de fecha 17 de febrero de 2017, la que acogió sólo parte la demanda de incumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios deducida en contra de la Municipalidad de Temuco, en cuanto la condenó a pagar sólo la suma de $4.249.499, por concepto de lucro cesante, derivada del incumplimiento contractual señalado en la sentencia, más el reajuste de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada y el mes anterior al efectivo pago, más el interés máximo legal para operaciones de dinero reajustables, por considerar que le causa agravio a su representada al no acoger la demanda en todas sus partes, solicitando se conceda el recurso en el sentido de que se confirme con declaración la sentencia apelada de fecha 17 de febrero de 2017, modificándose en lo pertinente el punto VI y X de lo resolutivo
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. En cumplimiento a lo que preceptúa el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar el fallo de reemplazo consecuente al de nulidad que antecede. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos trigésimo quinto y trigésimo sexto, que se eliminan. Se reproduce el fallo anulado, con excepción de sus
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica