1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

ABARCA SEPULVEDA KAREN GISELLE Y OTROS CON RAMON REDONDO BERGER Y OTROS (O)

Rol

19204-2021

Fecha

26 de julio de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En estos autos Rol N° C-977-2017, del 1° Juzgado de Letras de Melipilla, caratulados “Abarca y otros con Redondo y otros”, en procedimiento ordinario de nulidad por simulación absoluta de contrato, de nulidad de contrato por simulación relativa ilícita, de nulidad absoluta de contrato y de indemnización de perjuicios, por sentencia de tres de agosto de dos mil veinte, junto con rechazar la excepción de cosa juzgada opuesta por el apoderado de una de las partes demandadas, se rechazó, sin costas, la demanda de nulidad absoluta por simulación absoluta; la demanda de nulidad absoluta por simulación relativa ilícita, deducida en subsidio de la anterior; y, también, la demanda de nulidad absoluta por falta de causa, esta última interpuesta en subsidio de las anteriores. En contra de esa sentencia los demandantes interpusieron recurso de apelación y, la Corte de Apelaciones de San Miguel, en fallo de dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, confirmó la sentencia de primer grado. En contra de esta última sentencia, esa parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que el recurrente de casación sostuvo su impugnación basada en dos capítulos. El primero lo sustenta en haber existido vulneración a las normas contenidas en el artículo 1713 del Código Civil y en el artículo 399 del Código de Procedimiento Civil, las que regulan el valor probatorio de la prueba confesional, arguyendo que no se le dio el valor probatorio a las absoluciones de posiciones de los demandados que se rindieron tanto en éste procedimiento como en el juicio tenido a la vista. También expuso la existencia de infracción al artículo 384 n°1 en relación con el artículo 426 todos del Código de Procedimiento Civil, que establece que la declaración de un testigo imparcial y verídico -los dichos del testigo Octavio Bustos Díaz- constituye una presunción judicial para los efectos de poder establecer el valor comercial de la propiedad cuya nulidad solicita. Y, por último, también alega la infracción al artículo 1712 del Código Civil y artículo 426 del CPC, que regula el valor probatorio de las presunciones judiciales, para los efectos de determinar, por esta vía, las alegaciones que esa parte demandante realizó respecto de los elementos de la acción de simulación, como son el precio pactado en la compraventa, la forma de pago del precio, que los contratantes tienen la calidad de hermanos, que el vendedor se quedó viviendo en la propiedad; que la sociedad conyugal no tenía otros bienes y la existencia de enriquecimiento injusto. Que en el segundo capítulo de nulidad señala que en el

Fallo

fallo de dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, confirmó la sentencia de primer grado. En contra de esta última sentencia, esa parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Considerando: Primero: Que el recurrente de casación sostuvo su impugnación basada en dos capítulos. El primero lo sustenta en haber existido vulneración a las normas contenidas en el artículo 1713 del Código Civil y en el artículo 399 del Código de Procedimiento Civil, las que regulan el valor probatorio de la prueba confesional, arguyendo que no se le dio el valor probatorio a las absoluciones de posiciones de los demandados que se rindieron tanto en éste procedimiento como en el juicio tenido a la vista. También expuso la existencia de infracción al artículo 384 n°1 en relación con el artículo 426 todos del Código de Procedimiento Civil, que establece que la declaración de un testigo imparcial y verídico -los dichos del testigo Octavio Bustos Díaz- constituye una presunción judicial para los efectos de poder establecer el valor comercial de la propiedad cuya nulidad solicita. Y, por último, también alega la infracción al artículo 1712 del Código Civil y artículo 426 del CPC, que regula el valor probatorio de las presunciones judiciales, para los efectos de determinar, por esta vía, las alegaciones que esa parte demandante realizó respecto de los elementos de la acción de simulación, como son el precio pactado en la compraventa, la forma de pago del

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintitrés. Visto: En estos autos Rol N° C-977-2017, del 1° Juzgado de Letras de Melipilla, caratulados “Abarca y otros con Redondo y otros”, en procedimiento ordinario de nulidad por simulación absoluta de contrato, de nulidad de contrato por simulación relativa ilícita, de nulidad absoluta de contrato y de indemnización de perjuicios, por sentencia de tre

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica