MARIA IRMINA RAMIREZ SANTOS C/ MARGARITA ISABEL RAMIREZ PUGA
Rol
154533-2023
Fecha
26 de julio de 2023
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de Rengo, los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer de los recursos de nulidad interpuestos por las querellantes en contra de la sentencia que absolvió a la requerida de los delitos de injurias y calumnias. 2° Que por el recurso interpuesto por la querellante Ramírez, se invoca como causales subsidiarias la del artículo 373 letra A) del Código Procesal Penal. La primera de ellas, la funda en la infracción a contar con un juez imparcial, ya que señala que no obstante haber manifestado la requerida su deseo de prestar declaración, al ser consultada nuevamente por la jueza al respecto fue obligada por una tercera persona a hacer uso de su derecho a guardar silencio. Como segunda causal subsidiaria, se invoca además la del artículo 373 letra a) del cuerpo legal antes citado, en ella se señala como fundamento ciertos vicios en cuanto a la inclusión de la prueba en la audiencia de preparación de juicio oral. 3° Que por el recurso deducido por el querellante Criado, se deduce como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, y a contar con un juez imparcial, fundada en similares antecedentes que la primera de las causales subsidiarias señaladas precedentemente en el líbelo deducido por la querellante Ramírez. 4° Que entiende esta Corte, que la causal del artículo 373 letra A) del Código Procesal Penal, tiene como titular de las garantías a que alude tal precepto, al imputado, y en caso alguno al Ministerio Público o al querellante; desde que así ha sido reconocido en los diversos instrumentos internacionales, lo que resulta de toda lógica, desde que ello encuentra sustento, a fin de que la persona condenada pueda contrarrestar el aparato punitivo Estatal, y aunque el querellante, no tiene por función propia la dirección en forma exclusiva de la investigación de los hechos constitutivos de delitos, es parte acusadora en el proceso, - más en estos delitos de acción penal privada -por lo que no cuenta con legitimación activa por la causal esgrimida, lo que conlleva necesariamente que los recursos sean declarados inadmisibles en lo que a las causales del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la querellante Ramírez, en lo que a las causales subsidiarias del artículo 373 letra a) del Código Procesal, se refiere, así como se declara inadmisible el arbitrio deducido por la querellante Criado, en lo que a la causal principal de la misma norma precedentemente citada se refiere. Remítase los líbelos intentados a la Corte de Apelaciones de Rancagua, para previa revisión en cuenta de las causales subsistentes, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 154533-23.
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la querellante Ramírez, en lo que a las causales subsidiarias del artículo 373 letra a) del Código Procesal, se refiere, así como se declara inadmisible el arbitrio deducido por la querellante Criado, en lo que a la causal principal de la misma norma precedentemente citada se refiere. Remítase los líbelos intentados a la Corte de Apelaciones de Rancagua, para previa revisión en cuenta de las causales subsistentes, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 154533-23.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de Rengo, los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer de los recursos de nulidad interpuestos por las querellantes en contra de la sentencia que absolvió a la requerida de los delitos de injurias y calumnias. 2° Que por el recurso interpuesto por
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica