MOWI CHILE S.A. CON SANDOVAL
Rol
C-182-2024
Fecha
18 de noviembre de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Atendido lo expresado por la parte ejecutante, quien no aceptó la propuesta de pago en cuotas planteada por el ejecutado y, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, el cual contempla el pago en cuotas, en este procedimiento, sólo en virtud de acuerdo entre las partes; se resuelve: No ha lugar a lo solicitado. Notifíquese por correo electrónico a los apoderados de las partes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT C-182-2024 RUC 24-3-0236604-3 Resolvió doña PAULINA MARIELA PÉREZ HECHENLEITNER, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Certifico que, con esta fecha se incluyó en el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. /jka Código: GXGXXREXTTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-18T13:00:19-0300
Fallo
se resuelve: No ha lugar a lo solicitado. Notifíquese por correo electrónico a los apoderados de las partes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT C-182-2024 RUC 24-3-0236604-3 Resolvió doña PAULINA MARIELA PÉREZ HECHENLEITNER, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Certifico que, con esta fecha se incluyó en el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. /jka Código: GXGXXREXTTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-18T13:00:19-0300
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Resolviendo la solicitud de pago en cuotas planteada por el ejecutado, con fecha 05 de septiembre de 2024: Vistos: Atendido lo expresado por la parte ejecutante, quien no aceptó la propuesta de pago en cuotas planteada por el ejecutado y, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, el cual contempla el pag
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica