TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE

MP C/ STALYN GEOVANNY QUINTERO MACIAS

Rol

147295-2023

Fecha

24 de julio de 2023

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)

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Hechos

Vistos: 1° Que las defensas de Stalyn Quintero, Donald Montoya, Cristian Espinoza, Nelson Rojas, José Miguel y Víctor Cereceda, Patricio Veloso y Hugo Reyes; recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, por la cual fueron condenados como autores del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y sicotrópicas. 2° Que por el recurso interpuesto por la defensa de Quintero y Montoya, -que es en definitiva el que le otorga competencia a esta Corte- se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, y al principio de congruencia, ello porque en la sentencia se determinó un día distinto de ocurrencia de los hechos al señalado en la acusación. 3° Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva por corresponder lo alegado a la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de los sentenciados, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 147295-23. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Jorge Dahm O., la Ministra Suplente Sra. Eliana

Fallo

fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de los sentenciados, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 147295-23. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Jorge Dahm O., la Ministra Suplente Sra. Eliana Quezada M., y los Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L., y Sra. Leonor Etcheberry C. No firma el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que las defensas de Stalyn Quintero, Donald Montoya, Cristian Espinoza, Nelson Rojas, José Miguel y Víctor Cereceda, Patricio Veloso y Hugo Reyes; recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, por la cual fueron condenados como autores del delito de tráfico ilícito de sustanc

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