LAGO TOLEDO FELIPE CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS
Rol
161750-2023
Fecha
21 de julio de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que de la revisión de los antecedentes, surge que el tiempo de privación de libertad que el amparado pretende se abone a la condena que actualmente purga, dice relación con el cumplimiento de medidas cautelares personales decretadas en un proceso en el que fue condenado –sanción que por lo demás se encuentra cumplida-, de lo que se sigue que la privación temporal de la libertad aludida por la defensa del amparado resultaba plenamente justificada, no siendo procedente imputarla a la ejecución de una sanción diversa. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de trece de julio de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en el Ingreso Corte N° 96-2023. Se previene que la Ministra Sra. Letelier, estuvo por confirmar el fallo en alzada, teniendo especialmente presente para ello que, de la revisión de los antecedentes, aparece de manifiesto que los procesos en cuestión no estuvieron en condiciones de tramitarse de manera conjunta, incumpliendo con ello la exigencia contenida en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales. Regístrese y devuélvase. Rol N° 161.750-2023.
Fallo
fallo en alzada, teniendo especialmente presente para ello que, de la revisión de los antecedentes, aparece de manifiesto que los procesos en cuestión no estuvieron en condiciones de tramitarse de manera conjunta, incumpliendo con ello la exigencia contenida en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales. Regístrese y devuélvase. Rol N° 161.750-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintitrés. Al escrito folio 198978-2023: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que de la revisión de los antecedentes, surge que el tiempo de privación de libertad que el amparado pretende se abone a la condena que actualmente purga, dice relación con el cumplimiento de medidas cautelares personales decretadas en un proceso en e
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