Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

POBLETE/SERVICIOS INDUSTRIALES F Y S LIMITADA

Rol

J-198-2024

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Con fecha 19 de junio de 2024, comparece BORIS RICARDO POBLETE PACHECO, cesante, domiciliado en calle Badalona N°984, Lan A-2, Hualpén, quien solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra de SERVICIOS INDUSTRIALES F Y S LIMITADA, representada legalmente por don Rodrigo Fernando Figueroa Díaz, ambos domiciliados en calle Lautaro N°740, Concepción, admitirla a tramitación, despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $1.250.000, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacer íntegro pago de las sumas adeudadas, debidamente reajustadas, aplicándose el máximo de intereses que establece la ley y las costas tanto personales como procesales. Funda su demanda en que con fecha 14 de febrero de 2024 se celebró ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, una audiencia única de conciliación en causa RIT M-1142-2023 de dicho tribunal, entre las partes, instancia en la que se acordó el pago de la suma única y total de $2.500.000 la que sería pagada en tres cuotas, dos de $833.000 y una de $834.000 con vencimiento los días 15 de cada mes, comenzando el 15 de febrero de 2024. En dicha conciliación se pactó una cláusula penal para el caso de no pago o retraso de cualquiera de las cuotas, equivalente al 50% de lo acordado por las partes en dicha instancia. Agrega que con fecha 16 de abril 2024 se pagó la última cuota, lo que, de acuerdo con lo establecido anteriormente, infringe lo acordado por las partes en el acta de conciliación y hace exigible la cláusula penal por mora del deudor. Expresa que, corresponde ordenar que el ejecutado dé cumplimiento a la obligación de dar contenida en dicho título ejecutivo, obligándole a pagar la suma de adeudada, más los reajustes e intereses legales, y las costas, por cuanto se trata de una obligación líquida, actualmente exigible y no se encuentra prescrita, contenida en un título ejecutivo. Con fecha 22 de agosto de 2024, consta notificación de Rodr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de junio de 2024 comparece Boris Ricardo Poblete Pacheco, quien solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: XSPPXQTFFMU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE en contra de Servicios Industriales FYS Limitada, admitirla a tramitación despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $1.250.000, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacer íntegro pago de las sumas adeudadas, debidamente reajustadas, aplicándose el máximo de intereses que establece la ley y las costas tanto personales como procesales, por los fundamentos referidos en la expositiva y que se dan por reproducidos en aras del principio de economía procesal. SEGUNDO: Que, con fecha 27 de agosto de 2024 comparece la ejecutada y solicita tener por opuestas las excepciones de pago y de falta de presupuestos para hacer exigible la cláusula penal, acogiéndola en todas sus partes, con costas, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos. TERCERO: Que, conferido traslado de las excepciones opuestas, éste fue evacuado por la ejecutante, solicitándose el rechazo tal como fue expuesto en lo expositivo. CUARTO: Que, para acreditar sus pretensiones el ejecutado acompañó la siguiente prueba documental, no objetada de contrario: a) Comprobantes de transferencia de fechas 15 de febrero, 15 de marzo y 16 de abril, todas de 2024, por la suma de $833.333 cada una, a la cuenta corriente Banco Falabella N°15840110598 de Boris Poblete; y, b) E-BOOK de la causa M-1142-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, caratulados “Poblete con Servicios Industriales F y S Ltda.”. I. RESPECTO DE LA EXCEPCION DE FALTA DE PRESUPUESTOS PARA HACER EXIGIBLE LA CLÁUSULA PENAL QUINTO: Que, según da cuenta la resolución de fecha 3 de septiembre 2024, complementada por resolución de 26 de septiembre de igual año y mes, la excepción de falta de presupuestos para hacer exigible la cláusula penal, ha sido declarada inadmisible, declaración que se encuentra firme y ejecutoriada. SEXTO: Que, en efecto, el artículo 470 en relación con el artículo 473 del Código del Trabajo es taxativo en indicar cuáles son las excepciones susceptibles de ser opuestas en este procedimiento, no siendo la que

Fallo

en mérito de lo expuesto es que no sólo hubo un incumplimiento de lo acordado, sino que también se atenta contra la buena fe del demandante al imputarse abuso del derecho adquirido por éste, por lo que solicita se resuelva conforme a la hora de pago. Con fecha 3 de septiembre de 2024, complementada por resolución de 26 de septiembre, se declaró admisible la excepción de pago e inadmisible la excepción de falta de presupuestos para hacer exigible la cláusula penal, recibiéndose la causa a prueba, la que, notificada a las partes, permitió la rendición de la que obra en autos. Con esta fecha se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de junio de 2024 comparece Boris Ricardo Poblete Pacheco, quien solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: XSPPXQTFFMU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE en contra de Servicios Industriales FYS Limitada, admitirla a tramitación despachando mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $1.250.000, y ordenar se siga adelante la ejecución hasta hacer íntegro

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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Con fecha 19 de junio de 2024, comparece BORIS RICARDO POBLETE PACHECO, cesante, domiciliado en calle Badalona N°984, Lan A-2, Hualpén, quien solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra de SERVICIOS INDUSTRIALES F

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