BAEZA/CLUB LA UNION
Rol
C-5659-2023
Fecha
30 de octubre de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Fallo
por tanto, siendo este Tribunal plenamente competente para conocer de los antecedentes y los efectos que de ello pudieren derivar en su contra para hacer cumplir con lo ordenado en sede declarativa, conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 108 del Código Orgánico de Tribunales; se resuelve: se rechaza la petición de Incompetencia por declinatoria formulada. Al Primer Otrosí: Atenta a lo precedentemente expuesto y razonado, no ha lugar a lo solicitado. Al Segundo Otrosí: No ha lugar a la suspensión de procedimiento. Estese lo resuelto precedentemente. Al Tercer Otrosí: Téngase presente, en lo que proceda conforme a derecho. Al Cuarto Otrosí: Téngase únicamente por acompañado el e-book. Al Quinto Otrosí: Téngase por acreditada la personería, y por acompañado el documento, con citación. Al Sexto Otrosí: Téngase presente; regístrese en el sistema computacional. RIT: C-5659-2023 RUC: 22-4-0396289-2 Proveyó la Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a treinta de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. cav Código: XUYXXQWFUKU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-30T21:12:36-0300
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro. A lo Principal: Vistos, el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 3 del Código del Trabajo, en concordancia con el artículo 507 del mismo cuerpo legal, en el sentido de establecerse que en sede laboral existe una excepción al efecto relativo de las sentencias, cual es la aplicación del efecto Erga Omnes en la declaración de em
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