3er JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

BURGOS/BURGOS

Rol

105000-2023

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento sumario de rendición de cuentas seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco bajo el Rol C-87-2022 caratulado “Burgos con Burgos”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, de fecha dos de mayo de dos mil veintitrés, que anuló de oficio y ordenó reponer la causa al estado de proceder a la absolución de posiciones solicitada por la parte actora. Pide que se invalide la resolución recurrida y se dicte una de reemplazo que confirme la sentencia de primera instancia, con costas. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Tercero: Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva, ni tampoco se trata de una sentencia interlocutoria inapelable que haya puesto fin al juicio o haga imposible su continuación, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Leonardo Rainer Valderrama, en representación de la demandada, en contra de la resolución de fecha dos de mayo de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 105.000-2023

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Leonardo Rainer Valderrama, en representación de la demandada, en contra de la resolución de fecha dos de mayo de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 105.000-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento sumario de rendición de cuentas seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco bajo el Rol C-87-2022 caratulado “Burgos con Burgos”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, de fecha dos de may

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