MORALES/BANCO DE CHILE
Rol
105089-2023
Fecha
19 de junio de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sobre verdadero recurso de hecho seguido ante la Corte de Apelaciones de Temuco bajo el Rol N° 191-2023, que incide en autos ejecutivos Rol Nº 141-2015 del Juzgado de Letras de Angol, la parte ejecutada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones ya indicada de fecha doce de abril de dos mil veintitrés que rechazó el recurso de hecho deducido por su parte. Pide anular y dictar sentencia de reemplazo que acoja el recurso de hecho. 2°) Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3°) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva, ni tampoco es una sentencia interlocutoria inapelable que haya puesto fin a la instancia, ni haya concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Leonardo Rainer Valderrama, en representación de la parte ejecutada y recurrente de hecho, en contra de la resolución de fecha doce de abril de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 105.089-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Leonardo Rainer Valderrama, en representación de la parte ejecutada y recurrente de hecho, en contra de la resolución de fecha doce de abril de dos mil veintitrés dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. N° 105.089-2023
Texto Completo (Preview)
1 2 Santiago, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento sobre verdadero recurso de hecho seguido ante la Corte de Apelaciones de Temuco bajo el Rol N° 191-2023, que incide en autos ejecutivos Rol Nº 141-2015 del Juzgado de Letras de Angol, la parte ejecutada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la C
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