Jdo. de Letras del Trabajo de Osorno

COLMENA GOLDEN CROSS S.A/VALDIVIA

Rol

P-2204-2023

Fecha

20 de agosto de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Don ALVARO ANDRES MOLINA LEIVA, abogado, domiciliado en Arauco 163 oficina 32 Valdivia, en representación de COLMENA GOLDEN CROSS S.A, Rut: 76.296.619-0, Institución de Salud Previsional, representada convencionalmente por LUZ MARIA ROMAN COLLAO, Abogada, Rut 13233520-6, mismo domicilio, deduce demanda ejecutiva en contra de PEDRO ALFONSO VALDIVIA ROJAS, Rut: 3.268.094-1, giro comercial, ignora profesión u oficio; con domicilio en PATRICIO LYNCH 1754, comuna de OSORNO. Se funda en que en uso de las facultades que le confiere el artículo 31 inciso 5 de la ley 18.933 en relación con lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 17.322, su representada ha dictado resolución (es) N° 426-2023, mediante la cual se determina que el monto de las cotizaciones de salud que la demandada adeuda a COLMENA GOLDEN CROSS S.A, asciende a la suma de $4.145.330 más reajustes e intereses penales determinados mensualmente por la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional. Según siguiente detalle: Período Monto 426-2023 01/03/2019 101.336 426-2023 01/04/2019 120.083 426-2023 01/05/2019 51.361 426-2023 01/06/2019 51.621 426-2023 01/07/2019 51.714 426-2023 01/08/2019 53.747 426-2023 01/09/2019 60.865 426-2023 01/10/2019 60.902 426-2023 01/11/2019 56.445 426-2023 01/12/2019 56.620 426-2023 01/01/2020 56.677 426-2023 01/02/2020 56.927 426-2023 01/03/2020 57.195 426-2023 01/04/2020 179.053 426-2023 01/05/2020 72.365 426-2023 01/06/2020 72.315 426-2023 01/07/2020 167.200 426-2023 01/08/2020 167.283 426-2023 01/09/2020 167.480 Código: XLXXXPXRGRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 426-2023 01/10/2020 158.579 426-2023 01/11/2020 159.839 426-2023 01/12/2020 58.141 426-2023 01/01/2021 58.247 426-2023 01/02/2021 58.575 426-2023 01/03/2021 58.790 426-2023 01/04/2021 58.988 426-2023 01/05/2021 59.227 426-2023 01/06/2021 59.420 426-2023 01/07/2021 59.515 426-2023 01/08/2021 59.870 426-2023 01/09/2021 60.177 426-2023 01/10/2021 60.761 426-2023 01/11/2021 61.526 426-2023 01/12/2021 61.983 426-2023 01/01/2022 62.425 426-2023 01/02/2022 63.078 426-2023 01/03/2022 63.455 426-2023 01/04/2022 64.353 426-2023 01/05/2022 65.359 426-2023 01/06/2022 66.174 426-2023 01/07/2022 66.835 426-2023 01/08/2022 67.673 426-2023 01/09/2022 73.998 426-2023 01/10/2022 77.505 426-2023 01/11/2022 77.978 426-2023 01/12/2022 78.649 426-2023 01/01/2023 79.044 426-2023 01/02/2023 79.542 426-2023 01/03/2023 79.689 426-2023 01/04/2023 80.278 426-2023 01/05/2023 80.714 426-2023 01/06/2023 81.923 426-2023 01/07/2023 81.831 Que la resolución indicada tiene mérito ejecutivo de conformidad a lo dispuesto en el art. 2 de la ley 17.322. La deuda es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.

Fallo

POR TANTO, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 18.933, en las disposiciones aplicables de la Ley 17.322, Libro V del Código del Trabajo, en los artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás normas legales aplicables sobre la materia, SOLICITA tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de PEDRO ALFONSO VALDIVIA ROJAS, ya individualizado, por la suma de $ 4.145.330, más Código: XLXXXPXRGRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl reajustes, intereses y recargos, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad indicada con costas. SEGUNDO: Don OSCAR RODRIGO AROS GÓMEZ, abogado, C.I. 14.430.250-8, domiciliado en calle Bilbao N° 1655, Osorno, en representación convencional, de don PEDRO ALFONSO VALDIVIA ROJAS, jubilado, C.I. 3.268.094- 1, domiciliado en calle Patricio Lynch n° 1754, Osorno, ejecutado en autos sobre procedimiento ejecutivo previsional, indica que la demandante, en uso de las facultades que le confiere el artículo 31 inciso 5 de la ley 18.933 en relación con lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 17.322, dictó resolución N° 426-2023, mediante la cual se determinó que el monto de las cotizaciones de salud que su representado adeuda a COLMENA GOLDEN CROSS S.A, asciende a la suma de $4.145.330, por concepto de cotizaciones previsionales de los afiliados Gloria Hinojosa Valdivia y Antonio Alejandro Cárdenas Baeza, más reajustes e intereses penal

Texto Completo (Preview)

Osorno, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Don ALVARO ANDRES MOLINA LEIVA, abogado, domiciliado en Arauco 163 oficina 32 Valdivia, en representación de COLMENA GOLDEN CROSS S.A, Rut: 76.296.619-0, Institución de Salud Previsional, representada convencionalmente por LUZ MARIA ROMAN COLLAO, Abogada, Rut 13233520-6, mismo domicilio, deduce demanda ejecutiva en

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