MOYA/COMERCIAL LA SIRENA LIMITADA
Rol
J-191-2024
Fecha
14 de agosto de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 25 de Marzo de 2024, don CARLOS MAURICIO MOYA CARRASCO, garzón, domiciliado en pasaje Pedro Lagos N°551, depto. 1721, Comuna de Santiago, interpuso demanda en juicio ejecutivo en contra de COMERCIAL LA SIRENA LIMITADA, representada legalmente por don JOSE IGNACIO ARAVENA TORRES, ambos con domicilio en Avenida Irarrazabal N° 027, Comuna de Ñuñoa. Funda la demanda en que con fecha 01 de Mayo de 2012, habría sido contratado por la ejecutada de autos, bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo, para desempeñarse como garzón, con una remuneración base que ascendía a la suma de $587.500.- Agrega que con fecha 31 de Enero de 2024, la ejecutada remitió carta de despido invocando la causal dispuesta en el artículo 161 inciso 1°, esto es, necesidades de la empresa, asimismo, con fecha 07 de Febrero de 2024, suscribió el correspondiente finiquito de contrato de trabajo, ante la Notario Público doña Miriam Amigo Arancibia, contemplando la suma total de $6.800.640.- Sostiene, que la ejecutada se habría comprometido a pagar dicho monto en las oficinas ubicadas en Avenida Irarrazabal N°027, Comuna de Ñuñoa, una vez suscrito por el actor el finiquito, por lo que el señor Moya, al momento de llamar a su ex empleador para coordinar el pago, este nunca le respondió el teléfono, sin pronunciarse de forma alguna, ni gestionando lo pertinente para efectuar el pago de las sumas adeudadas, por lo que se procede a efectuar la presente demanda, solicitando que la ejecutada sea condenada a pagar los montos señalados en el finiquito que sirve de base para la presente ejecución, más reajustes, intereses y costas. Finaliza, señalando que la deuda es líquida, actualmente exigible y no se encuentra prescrita, por lo que solicita tener por deducida demanda ejecutiva laboral en contra de COMERCIAL LA SIRENA LIMITADA, representada legalmente por don JOSE IGNCIO ARAVENA TORRES, acogerla a tramitación, aceptándola en todas
Fundamentos
considerando que la contratación y despido de dependientes es una situación habitual en el ámbito comercial, por lo que sólo cabe rechazar la excepción de pago deducida por la ejecutada con fecha 23 de Mayo de 2024. Código: XGXPXPBMGMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 464 y 470 del Código del Trabajo; artículos 1568 y 1591 del Código Civil; artículos 144, 160 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se rechaza la excepción alegada por la demandada con fecha 23 de Mayo de 2024, consistente en el “pago de la deuda”, debiendo continuarse con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago al ejecutante. II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada, por haber resultado totalmente vencida. Regístrese y Notifíquese a las partes, vía correo electrónico. RIT: J-191-2024 RUC: 24-3-0088735-6 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. gzr Código: XGXPXPBMGMJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-14T10:37:45-0400
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Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 25 de Marzo de 2024, don CARLOS MAURICIO MOYA CARRASCO, garzón, domiciliado en pasaje Pedro Lagos N°551, depto. 1721, Comuna de Santiago, interpuso demanda en juicio ejecutivo en contra de COMERCIAL LA SIRENA LIMITADA, representada legalmente por don JOSE IGNACIO ARAVENA TORRES, ambos con domicilio en Avenida Irarrazabal N
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