Jdo. de Letras del Trabajo de Chillán

MOLINA/GUILLERMO CONTRERAS SPA

Rol

J-42-2024

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- El despido y la separación de la ejecutante se verificó el 8 de abril de 2024, la empleadora debía poner a su disposición el finiquito de rigor con el pago ofertado de manera irrevocable a más tardar el décimo día hábil. 2.- Conforme al mérito de autos, consta que empleadora jamás puso a disposición de la actora en la forma y oportunidad legal, ni el finiquito ni el pago dentro de los diez días hábiles siguientes de la separación de sus funciones, de manera que la ejecutante debió hacer uso de sus derechos y accionar judicialmente, a fin de pedir el pago de lo que se le debía, cuestión que a la fecha no se ha solucionado, lo que evidencia la necesidad de dar lugar a la petición de aplicar el incremento, acorde al título ejecutivo. 3.- Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 468, 463 y siguientes del Código del Trabajo y artículos 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil: Se resuelve, que se fija el incremento de la adeudado en autos, en un 100%, esto es, por la suma de $1.562.272. (un millón quinientos sesenta y dos mil doscientos setenta y dos pesos). RIT: J-42-2024 RUC: 24-3-0166736-8 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Chillán, a doce de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: ELSFXPJNSMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-12T12:36:30-0400

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 468, 463 y siguientes del Código del Trabajo y artículos 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil: Se resuelve, que se fija el incremento de la adeudado en autos, en un 100%, esto es, por la suma de $1.562.272. (un millón quinientos sesenta y dos mil doscientos setenta y dos pesos). RIT: J-42-2024 RUC: 24-3-0166736-8 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Chillán, a doce de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: ELSFXPJNSMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-12T12:36:30-0400

Texto Completo (Preview)

Chillán, doce de agosto de dos mil veinticuatro. Resolviendo derechamente el Incidente de Incremento: VISTOS: 1.- El despido y la separación de la ejecutante se verificó el 8 de abril de 2024, la empleadora debía poner a su disposición el finiquito de rigor con el pago ofertado de manera irrevocable a más tardar el décimo día hábil. 2.- Conforme al mérito de autos, consta que empleadora jamás pu

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