Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

NUEVA MASVIDA S.A. (EX ISAPRE ÓPTIMA)/ETF AGENCIA EN CHILE

Rol

P-14658-2023

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En estos autos RIT P-14658-2023, RUC: 23- 3-0087112-7, con fecha 13 de abril de 2023, comparece don lvaro Andr s Molina Leiva,Á é en representaci n de ó Nueva Masvida S. A, todos domiciliados en Agustinas N 814, Oficina 1006, comuna de Santiago, interponiendo° demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones en contra de ETF Agencia en Chile , representada por Raul Enrique Valdivia Ojeda, domiciliada en calle Las Urbinas N 53 Departamento 94, Comuna De° Providencia. Para fundar su demanda, acompa a resoluci n que tiene m ritoñ ó é ejecutivo de conformidad con el art culo 2 de la Ley No 17.322 y que ení total suman $3.148.924.- correspondientes a las cotizaciones previsionales de salud adeudadas a su instituci n en relaci n a los trabajadores que enó ó ella se indican. Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la empresa antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma antes se alada, m s reajustes,ñ á intereses, recargos y costas. Con fecha 19 de abril de 2023, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despach ndose el mandamiento de ejecuci n y embargo.á ó A trav s de presentaci n de é ó 27 de noviembre de 2023, la demandada se opone a la ejecuci n alegando la excepci n contempladaó ó en el n mero 1 del art culo 5 de la ley 17.322, correspondiente a laú í ° inexistencia de la prestaci n de servicio.ó Código: UXPXXPJXXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 15 de enero de 2024, se tuvo por evacuado el traslado en rebeld a de la ejecutante. í Declaradas admisibles las excepciones, se recibi la causa a prueba.ó Encontr ndose los autos en estado, se cit a las partes para o rá ó í sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don lvaro Andr s Molina Leiva, enÁ é representaci n de ó Nueva Masvida S. A, interpone demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones en contra de ETF Agencia en Chile, ambas ya individualizadas. El fundamento de su acci n es la Resoluci n N ó ó ° 28904, de fecha 30 de Marzo de 2023, por los periodos entre febrero de 2018 y diciembre de 2019, respecto de las cotizaciones previsionales de salud adeudadas a su instituci n en relaci n a los trabajadores que en ella seó ó se ala;ñ SEGUNDO: Que, la parte demandada se opone a la ejecuci nó por medio de la excepci n de ó inexistencia de la prestaci n deó servicio, contemplada en el N 1 del art culo 5 de la Ley 17.322,° í ° respecto de los trabajadores indicados en la resoluci n que sirve de t tuloó í ejecutivo. Indica que, si bien todas las personas que se indican tuvieron la calidad de trabajadores de la empresa, para los periodos que se intentan cobrar ejecutivamente ninguno de ellos lo era, en raz n de haber puestoó t rmino a la relaci n laboral con cada uno, cuesti n que habr a sidoé ó ó í debidamente notificada a los organismos previsionales a trav s deé Previred. Código: UXPXXPJXXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Al respecto, explica que el t rmino de relaci n laboral entre ETF yé ó los trabajadores cuyas cotizaciones de salud se pretenden cobrar en autos, ocurri en las siguientes fechas:ó - Crist bal Emerson Leiva Le nó ó , relaci n laboral concluida conó fecha 18 de noviembre de 2016. Informada a Previred en declaraci n de cotizaciones de salud ingresada con fecha 13 deó diciembre de 2016. - F lix Leonardo Valerio Pinoé , relaci n laboral concluida con fechaó 30 de noviembre de 2017, seg n consta en finiquito que acompa aú ñ a su presentaci n.ó - Respecto de Mirbel Sant Louis, comenta que nunca ha sido trabajadora de ETF Agencia en Chile, toda vez que se habr aí desempe ado en una empresa socia de la demandada, Colas Railñ Establecimiento permanente, entre mayo y diciembre de 2016. Al efecto adjunta carta de despido enviada por su ex empleadora y proyecto de finiquito de la trabajadora, adem s de aviso aá Inspecci n del Trabajo. ó Concluye que, en raz n de lo expuesto, no existi prestaci n deó ó ó servicios para la demandada por las personas individualizadas en la resoluci n que sirve de t tulo ejecutivo, durante los periodos que seó í cobran, por encontrarse acreditado con la documental acompa ada,ñ adem s de no encontrarse incorporados en los libros de remuneracionesá de la empresa durante los meses antes indicados; TERCERO: Que, la parte ejecutante no evacu el trasladoó conferido; CUARTO: Que, para probar sus alegaciones, la parte ejecutada se vali de la siguiente prueba documental:ó Código: UXPXXPJXXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.- Copia de Finiquito suscrito entre F lix Valerio Pino y laé demandada, con fecha

Fallo

Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la empresa antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma antes se alada, m s reajustes,ñ á intereses, recargos y costas. Con fecha 19 de abril de 2023, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despach ndose el mandamiento de ejecuci n y embargo.á ó A trav s de presentaci n de é ó 27 de noviembre de 2023, la demandada se opone a la ejecuci n alegando la excepci n contempladaó ó en el n mero 1 del art culo 5 de la ley 17.322, correspondiente a laú í ° inexistencia de la prestaci n de servicio.ó Código: UXPXXPJXXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 15 de enero de 2024, se tuvo por evacuado el traslado en rebeld a de la ejecutante. í Declaradas admisibles las excepciones, se recibi la causa a prueba.ó Encontr ndose los autos en estado, se cit a las partes para o rá ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don lvaro Andr s Molina Leiva, enÁ é representaci n de ó Nueva Masvida S. A, interpone demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones en contra de ETF Agencia en Chile, ambas ya individualizadas. El fundamento de su acci n es la Resoluci n N ó ó ° 28904, de fecha 30 de Marzo de 2023, por los periodos entre febrero de 2018 y diciembre de 2019, respecto de las cotizaciones previsionales de salud adeudadas a su insti

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Santiago, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: En estos autos RIT P-14658-2023, RUC: 23- 3-0087112-7, con fecha 13 de abril de 2023, comparece don lvaro Andr s Molina Leiva,Á é en representaci n de ó Nueva Masvida S. A, todos domiciliados en Agustinas N 814, Oficina 1006, comuna de Santiago, interponiendo° demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones en contra de ETF Agencia en

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