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KRAUSS RUZ CAMILA Y OTROS-ES PARTE FISCO DE CHILE Y PROGRAMA CONTINUACION LEY 18.123 C/ MICHELSEN DELANO GUILLERMO-FELIU MADINAGOITIA JOSE-SINCLAIR OYANEDER SANTIAGO-MANTEROLA GARRIDO MARIO Y OTROS.- TOMO XV

Rol

122163-2020

Fecha

16 de junio de 2023

Materia

Criminal

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos segundo, tercero, cuarto, décimo cuarto, vigésimo tercero, cuadragésimo tercero, cuadragésimo cuarto, cuadragésimo quinto, cuadragésimo sexto, quincuagésimo quinto, sexagésimo primero, septuagésimo cuarto y septuagésimo quinto. Asimismo, se elimina el párrafo final del motivo quinto, que comienza con la palabra “Posteriormente” y termina con la palabra “Penal”; el párrafo final de su fundamento octavo, que comienza con la frase “Agrega este procesado” y termina con la palabra “fusilamientos”; los párrafos cuarto, quinto y sexto de su basamento duodécimo y los párrafos quinto, sexto y séptimo de su considerando cuadragésimo primero y el párrafo final del motivo octogésimo segundo. Del

Fallo

fallo de reemplazo del que se ha anulado en estos antecedentes. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos segundo, tercero, cuarto, décimo cuarto, vigésimo tercero, cuadragésimo tercero, cuadragésimo cuarto, cuadragésimo quinto, cuadragésimo sexto, quincuagésimo quinto, sexagésimo primero, septuagésimo cuarto y septuagésimo quinto. Asimismo, se elimina el párrafo final del motivo quinto, que comienza con la palabra “Posteriormente” y termina con la palabra “Penal”; el párrafo final de su fundamento octavo, que comienza con la frase “Agrega este procesado” y termina con la palabra “fusilamientos”; los párrafos cuarto, quinto y sexto de su basamento duodécimo y los párrafos quinto, sexto y séptimo de su considerando cuadragésimo primero y el párrafo final del motivo octogésimo segundo. Del fallo casado se reproducen sus fundamentos tercero a noveno, los párrafos primero y segundo de su motivo décimo y el párrafo primero y tercero del basamento undécimo. Asimismo, de la decisión de casación que antecede, se dan por reiteradas las reflexiones efectuadas en los motivos décimo séptimo, décimo octavo y vigésimo primero, además de las contenidas en los considerandos vigésimo tercero a trigésimo. Y teniendo en su lugar y además presente: I.- En lo que dice relación con la acción penal: Primero: Que, la calificación de delito de lesa humanidad dada al hecho ilícito cometido, obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derec

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintitrés. En cumplimiento de lo prescrito en los artículos 544 del Código de Enjuiciamiento Criminal y 785 del Código de Procedimiento Civil, y lo ordenado por la decisión precedente, se dicta el siguiente fallo de reemplazo del que se ha anulado en estos antecedentes. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos segundo,

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