GARCÍA/MOYA
Rol
J-22-2023
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que SE HACE LUGAR al incidente de incremento de indemnización deducido por la parte ejecutante el cual se fija en un 40%, adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $506.558.- RIT: J-22-2023 RUC: 23-3-0144093-6 Proveyó Don HERNAN VALDEVENITO CARRASCO Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a uno de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. HVC/gmo Código: PLRDXPSPNVC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-01T10:51:50-0400
Fallo
se resuelve: VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que SE HACE LUGAR al incidente de incremento de indemnización deducido por la parte ejecutante el cual se fija en un 40%, adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $506.558.- RIT: J-22-2023 RUC: 23-3-0144093-6 Proveyó Don HERNAN VALDEVENITO CARRASCO Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a uno de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. HVC/gmo Código: PLRDXPSPNVC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-01T10:51:50-0400
Texto Completo (Preview)
Arica, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Téngase por evacuado en rebeldía el traslado conferido a la parte demandada. Resolviendo el primer otrosí de la presentación de fecha 06 de junio 2023, se resuelve: VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias normativa
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