Jdo. de Letras del Trabajo de Arica

CONCHA/UNIVERSIDAD LA REPUBLICA

Rol

J-31-2023

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que SE HACE LUGAR al incidente de incremento de indemnización deducido por la parte ejecutante el cual se fija en un 52,6%, adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $2.001.272.- Liquídese el crédito y notifíquese por cédula al demandado, conjuntamente con la liquidación.- RIT: J-31-2023 RUC: 23-3-0201228-8 Proveyó don FERNANDO GONZALEZ MORALES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jhp.- Código: BJMTXXGURRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-26T11:53:57-0400

Fallo

se resuelve: VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que SE HACE LUGAR al incidente de incremento de indemnización deducido por la parte ejecutante el cual se fija en un 52,6%, adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $2.001.272.- Liquídese el crédito y notifíquese por cédula al demandado, conjuntamente con la liquidación.- RIT: J-31-2023 RUC: 23-3-0201228-8 Proveyó don FERNANDO GONZALEZ MORALES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jhp.- Código: BJMTXXGURRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-26T11:53:57-0400

Texto Completo (Preview)

Arica, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. Téngase por evacuado en rebeldía el traslado conferido a la parte demandada. Resolviendo al primer otrosí de la presentación de fecha 01 de agosto de 2023, se resuelve: VISTO: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado, y atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se constata que se cumplen las condiciones y exigencias

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