LARICO/TRANSPORTES SALVADOR SUPER CLASS LIMITADA
Rol
C-133-2024
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: No ha lugar por extemporáneo. Téngase por evacuado el traslado conferido, en rebeldía del ejecutante. Autos. Resolviendo el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, promovido con fecha 12 de julio del 2024, a folio 49: Atendido el mérito de autos, teniendo en consideración que el incidente de nulidad se funda en el hecho de haberse notificado la liquidación de autos al ejecutado mediante el envío de carta certificada a un domicilio distinto del que fuera informado por aquel en presentación de fecha 06 de junio pasado; y resultando útil anotar que en la misma presentación de folio 9 a que alude el incidentista, señala como forma especial de notificación el correo electrónico: abogado.fabricio@gmail.com, casilla a la cual fue remitida con fecha 07 de junio de 2024 la resolución de folio 16, notificación que no fue cuestionada por el incidentista, lo que lleva forzosamente a concluir que debió tomar noticia del juicio con esa fecha, resultando extemporánea la promoción del incidente, conforme el plazo de 5 días establecido en el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme el artículo 432 del Código del Trabajo, por dichas consideraciones, SE RECHAZA, sin costas el incidente en análisis. RIT: C-133-2024 RUC: 23-4-0457817-0 Proveyó doña CATALINA CASANOVA SILVA, Jueza Titular del Juzgado de Letras
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. A la presentación de fecha 20 de julio de 2024, se resuelve: No ha lugar por extemporáneo. Téngase por evacuado el traslado conferido, en rebeldía del ejecutante. Autos. Resolviendo el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, promovido con fecha 12 de julio del 2024, a folio 4
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica