BANCO DE CHILE/ABUMOHOR
Rol
34909-2023
Fecha
9 de junio de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ejecutivo de desposeimiento seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-6010-2017, caratulado “Banco de Chile con Abumohor”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha ocho de febrero de dos mil veintitrés, que revocó el fallo de primer grado de diecinueve de febrero de dos mil veinte, y acogió la excepción de prescripción establecida en el Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente sostiene en su arbitrio de nulidad sustancial que la sentencia infringe los artículos 1546, 2434, 2492, 2416, 2503, 2509 y 2518 del Código Civil, en relación con los artículos 98 y 100 de la ley Nº 18092 y el artículo 156 del Código de Procedimiento Civil, al concluir que una causa anterior no había interrumpido la prescripción. Solicita que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que confirme la de primera instancia y rechace la excepción de prescripción, con costas. Tercero: Que el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de la excepción de prescripción de la obligación establecida en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender y explicar la infracción a la mencionada disposición, que además sirvió de sustento jurídico a su oposición a la
Fallo
fallo de primer grado de diecinueve de febrero de dos mil veinte, y acogió la excepción de prescripción establecida en el Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que el recurrente sostiene en su arbitrio de nulidad sustancial que la sentencia infringe los artículos 1546, 2434, 2492, 2416, 2503, 2509 y 2518 del Código Civil, en relación con los artículos 98 y 100 de la ley Nº 18092 y el artículo 156 del Código de Procedimiento Civil, al concluir que una causa anterior no había interrumpido la prescripción. Solicita que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que confirme la de primera instancia y rechace la excepción de prescripción, con costas. Tercero: Que el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de la excepción de prescripción de la obligación establecida en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender y explicar la infracción a la mencionada disposición, que
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Santiago, nueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ejecutivo de desposeimiento seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-6010-2017, caratulado “Banco de Chile con Abumohor”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutante en contra de la sentencia dictada por la Co
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