TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA/CABELLO - (LTE)
Rol
83802-2023
Fecha
8 de junio de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en su libelo el abogado Jaime Manríquez Torreblanca, en representación de Alejandro Cabello Reyes, ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia definitiva de segunda instancia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, que en procedimiento de cobro de obligaciones tributarias, confirmó el fallo del Juez Sustanciador del 14° Juzgado Civil de Santiago, que en cuaderno separado de excepciones, rechazó la excepción de prescripción respecto de algunos giros demandados y acogió parcialmente en otros casos. Segundo: Que el fundamento del recurso de casación en la forma - por el que se solicita casar el fallo impugnado, dictando sentencia de nulidad en que se revoque la sentencia de segunda instancia y se retrotraigan los autos a la etapa procesal de recepción de la causa a prueba - es haber incurrido en la causal de casación en la forma del N°9 del Artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, haber faltado algún trámite o diligencia declarado esencial por la ley, al no haberse recibido la causa a prueba. Y por su parte, funda la casación en el fondo en la infracción al artículo 1698 del Código Civil, porque se habría privado a las partes de rendir prueba en juicio, solicitando casar el fallo impugnado, dictando sentencia de reemplazo que falle la causa con arreglo a derecho. Tercero: Que de acuerdo a lo que fuera resuelto en su oportunidad por el tribunal de la instancia, este procedimiento se rige por las normas de tramitación de los incidentes según lo dispone el artículo 179 del Código Tributario, lo que implica que no necesariamente deba recibirse la causa a prueba, por lo que refiere el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, estimándose en este caso en particular, que no resultaba necesario cumplir con dicho trámite, por cuanto la controversia se reducía a puntos derecho, específicamente la prescripción de la acción intentada por la Tesorería. Cuarto: Q
Fallo
fallo del Juez Sustanciador del 14° Juzgado Civil de Santiago, que en cuaderno separado de excepciones, rechazó la excepción de prescripción respecto de algunos giros demandados y acogió parcialmente en otros casos. Segundo: Que el fundamento del recurso de casación en la forma - por el que se solicita casar el fallo impugnado, dictando sentencia de nulidad en que se revoque la sentencia de segunda instancia y se retrotraigan los autos a la etapa procesal de recepción de la causa a prueba - es haber incurrido en la causal de casación en la forma del N°9 del Artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, haber faltado algún trámite o diligencia declarado esencial por la ley, al no haberse recibido la causa a prueba. Y por su parte, funda la casación en el fondo en la infracción al artículo 1698 del Código Civil, porque se habría privado a las partes de rendir prueba en juicio, solicitando casar el fallo impugnado, dictando sentencia de reemplazo que falle la causa con arreglo a derecho. Tercero: Que de acuerdo a lo que fuera resuelto en su oportunidad por el tribunal de la instancia, este procedimiento se rige por las normas de tramitación de los incidentes según lo dispone el artículo 179 del Código Tributario, lo que implica que no necesariamente deba recibirse la causa a prueba, por lo que refiere el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, estimándose en este caso en particular, que no resultaba necesario cumplir con dicho trámite, por cuanto la controve
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Santiago, ocho de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en su libelo el abogado Jaime Manríquez Torreblanca, en representación de Alejandro Cabello Reyes, ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia definitiva de segunda instancia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, que en procedimiento de cobro de obligac
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