Jdo. de Letras del Trabajo de Chillán

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA

Rol

P-1908-2018

Fecha

15 de julio de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Con fecha 5 de julio de 1918, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, representada legalmente por don(a) ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, por la suma de $ 40.950 (cuarenta mil novecientos cincuenta pesos), más reajustes, intereses, recargos y costas. 2.- El 12 de mayo de 2021, se notificó la demanda en Chiu Chiu, Precordillera, Chillán. 3.- La ejecutante “ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A hace presente que, la ejecutada no ha dado oportuno conocimiento a la entidad previsional y de seguridad social el cambio del representante legal que se indica en los estatutos sociales, en la forma y plazo señalado en el artículo 18 de la Ley 17.322 y, que se ha acredito por la receptora actuante que la ejecutada tiene domicilio y morada en calle Chiu Chiu N 153, Pre Cordillera, Chillán, razón por la cual, la notificación de la demanda y demás actuaciones ha sido practicada conforme a la ley, teniendo el efecto de emplazar a la contraria de las acciones ejecutivas iniciadas en su contra, con costas. 4.- ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, RUT.: 7.630.274-K, chileno, casado, comerciante, domiciliado en Parcela Los Castaños s/n, Sector Lo Vergara, comuna El Carmen, solicita la nulidad de todo lo obrado en autos, fundado en que no se le ha notificado, personalmente, ninguna de las providencias libradas en el juicio. Con fecha 18 de mayo de 2021, don MARIO ALFONSO VENEGAS ULSEN, RUT.: 13.860.168-4, chileno, casado, empleado, domiciliada en Pasaje El Chinchín N° 153, Villa Precordillera, Chillán, en autos Rol N° P-1908-2018, pidió tener presente que, don ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, es mi padre y vive junto a mi madre, HACE YA MÁS DE CINCO AÑOS, en Parcela Los Castaños, Sector Lo Vergara, comuna de El Carmen. 5.- La demandante señala que se está en presencia de un empleador infractor, que no ha declarado ante las entidades de previsión y seguridad social el cam

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Chillán, quince de julio de dos mil veinticuatro VISTOS: 1.- Con fecha 5 de julio de 1918, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, representada legalmente por don(a) ALFONSO ARTURO VENEGAS FUENTEALBA, por la suma de $ 40.950 (cuarenta mil novecientos cincuenta pesos), más reajustes, intereses, recargos

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