ANDRADE COSSA DAVID ANTONIO CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
115441-2023
Fecha
8 de junio de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1209-2023. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Llanos, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, teniendo presente las siguientes consideraciones: 1°) Que del mérito de autos se desprende que el amparado fue condenado con fecha trece de marzo de dos mil diecisiete, como autor de delitos reiterados y consumados de exposición de un menor a actos de significación sexual, a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, otorgándosele la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, que el tribunal tuvo por cumplida por resolución de 5 de mayo de 2021; 2°) Que la sustitución de la pena de presidio por la de libertad vigilada importa que el Tribunal del grado estimó, en su oportunidad, que los antecedentes sociales y características de personalidad del amparado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitían concluir que una intervención individualizada, como a la que se sometió efectivamente, resultaba eficaz para su reinserción social; 3°) Que, se encuentra demostrado que el amparado tiene arraigo familiar, pues vive desde hace más de veinte años en Chile, junto a su cónyuge y tiene dos hijos, sin que registre, desde la condena del año 2017, otro tipo de antecedentes penales; 4°) Que, en ese estado de cosas, aparece que la decisión de expulsión es ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra el amparado en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se le impuso la condena. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo en el territorio nacional, por cuanto tiene una familia que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y social. Regístrese y devuélvase. Rol N° 115.441-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de junio de dos mil veintitrés. Al escrito folio 143609-2023: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 143613-2023: a todo, téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1209-2023. Acordada con el voto en cont
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