Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

A.F.P. HABITAT S.A. CON SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA

Rol

P-45922-2019

Fecha

10 de julio de 2024

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Que con fecha 05 de abril de 2022, el Consejo de Defensa del Estado, interpone incidente especial de nulidad de todo lo obrado por no haber sido legalmente emplazado. Indica en síntesis que la notificación de la acción ejecutiva adolece de un vicio de nulidad puesto que no se notificó al Fisco de Chile, como en derecho corresponde, al ser el ente demandado uno que forma parte de la Administración Central del Estado, como lo es la Subsecretaria de Salud Pública. Menciona que los servicios centralizados del estado, no pueden actuar jurídicamente sino a través de la personalidad jurídica del Fisco de Chile, incapacidad que les impide actuar en un juicio como demandante , por lo que para todos los efectos judiciales deben proceder a través del Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado o por el Abogado Procurador Fiscal respectivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3 del DFL N°1 de Hacienda del año 1993, que fija el texto refundido de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado, mismo cuerpo legal que en su artículo 18 indica que el Presidente del Consejo tendrá la atribución de representar judicialmente al Fisco, en todos los procesos y asuntos que se ventilan ante los Tribunales, cualquiera sea su naturaleza, salvo que la ley le haya otorgado esa representación a otro funcionario. Por lo expuesto solicita se sirva decretar la nulidad de todo lo obrado con posterioridad a la presentación de la demanda ejecutiva de autos, esto es, de la notificación de la demanda ejecutiva, requerimiento de pago y certificación de excepciones realizado en esta causa, por contravención a lo dispuesto en el artículo 48 del mismo cuerpo legal, o en subsidio, solicita se corrija el procedimiento de oficio, en ejercicio de facultades oficiosas conforme al artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, declarar la nulidad de todo lo obrado en autos, y retrotraer la causa al estado de que AFP Hábitat dirija y notifique Código: QZ

Fallo

Por lo expuesto solicita se sirva decretar la nulidad de todo lo obrado con posterioridad a la presentación de la demanda ejecutiva de autos, esto es, de la notificación de la demanda ejecutiva, requerimiento de pago y certificación de excepciones realizado en esta causa, por contravención a lo dispuesto en el artículo 48 del mismo cuerpo legal, o en subsidio, solicita se corrija el procedimiento de oficio, en ejercicio de facultades oficiosas conforme al artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, declarar la nulidad de todo lo obrado en autos, y retrotraer la causa al estado de que AFP Hábitat dirija y notifique Código: QZHTXXRXDZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl nuevamente esta demanda, a quien corresponde como es el Fisco de Chile, todo en mérito de lo señalado en esta presentación, con costas 2.- Que con fecha 07 de abril de 2022 confirió traslado de la incidencia planteada, trámite que no fue evacuado por la actora, por lo que no hay alegaciones o defensas que ponderar al respecto. 3.- Que con fecha 03 de junio de 2022, se recibió el incidente a prueba, fijándose como hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos: 1.- Fecha en que el incidentista tomó conocimiento de la existencia del juicio y del vicio procesal que alega. 2.- Efectividad que el representante legal de la ejecutada se encontraba en el lugar del juicio en la fecha en que se verifica el emplazamiento. 4.- Que la parte ejecutada

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Santiago, diez de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1.- Que con fecha 05 de abril de 2022, el Consejo de Defensa del Estado, interpone incidente especial de nulidad de todo lo obrado por no haber sido legalmente emplazado. Indica en síntesis que la notificación de la acción ejecutiva adolece de un vicio de nulidad puesto que no se notificó al Fisco de Chile, como en derecho corresponde, al

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